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Economía interviene y liquida seis compañías de seguros, con más de 350.000 pólizas afectadas

Andreu Missé

La Dirección General de Seguros, dependiente de la Secretaría de Estado de Economía, ha sancionado con la liquidación forzosa e intervenida a la compañía de seguros Magerit-Mutualidad de Seguros Generales, y ha nombrado liquidadores para que intervengan en en la Compañía General Aseguradora Orleans, SA. Con estas actuaciones son ya cuatro las compañías de seguros que se encuentran en liquidación forzosa desde primeros de año: sendas órdenes del pasado 11 de enero sancionaron con idénticas medidas a las compañías Filadelfia Seguros, SA, y Cosefisa.

La Dirección General de Seguros ha decidido la intervención administrativa de otras dos compañías, Asturica, Compañía de Seguros, SA, y Aseguradora Mundial, SA.Estas últimas entidades ya habían acordado en sendas juntas generales extraordinarias la liquidación voluntaria a consecuencia de los expedientes sancionadores incoados tras el descubrimiento de irregularidades y otras infracciones descubiertas en varias inspecciones.

La liquidación de estas seis empresas está creando un clima de caos e inquietud entre los profesionales del sector, y sobre todo entre los clientes, al comprobarse que son ya más de 350.000 el número de pólizas que no podrían cumplir sus compromisos en caso de siniestro. En efecto, sólo las pólizas del seguro obligatorio del automóvil están garantizadas en parte por el Consorcio de Compensación de Seguros.

Esta entidad, en la que se integró en 1981 el Fondo Nacional de Garantías de Riesgos de la Circulación, garantiza las indemnizaciones a terceros hasta el límite de un millón de pesetas en caso de muerte y de 1,5 millones de pesetas en el supuesto de gran invalidez cuando se desconoce el responsable de los daños causados en accidente de circulación, o el autor carecía de seguro. La garantía se extiende especialmente a supuestos como los presentes, en que las compañías se encuentran en fase de liquidación al no poder atender sus compromisos financieros por insolvencia.

Legislación caduca

El resto de pólizas, como las complementarias del seguro de automóvil, (voluntario, ocupantes, daños propios) seguros de vida, de incendio, robo y demás especialidades carecen de la más mínima garantía por parte del Estado en el caso de que se produzca la liquidación de la compañía.Fuentes de la Dirección General de Seguros han señalado que la liquidación de estas seis compañías constituye el primer resultado de las actuaciones y control que se viene ejercitando, mediante numerosas inspecciones realizadas en los últimos años, sobre las más de 650 aseguradoras españolas.

El volumen de actas levantadas evidencia la existencia de un segundo paquete integrado probablemente por más de un centenar de empresas en las que se han detectado irregularidades contables y patrimoniales de menor entidad.

En estos supuestos la Administración ha intervenido numerosas compañías con el objeto de comprobar el cumplimiento de las directrices tendentes a equilibrar los desajustes patrimoniales existentes en la actualidad o a efectuar los balances con un mayor rigor contable. La Administración confía en que la mayoría de estas empresas consigan recuperarse.

Entre las compañías que fueron intervenidas y que han conseguido reequilibrar su situación, destacan La Constancia y El Porvenir de los Hijos. Ambas firmas han nombrado nuevos equipos de gestión.

Las mismas fuentes señalan que la causa fundamental de estos percances es la existencia de una legislación caduca como la Ley del Seguro de 1954 y el anterior reglamento, que fue dictado en 1912. Esta antigua normativa permitía la creación de entidades aseguradoras con un capital suscrito de 25 millones de pesetas del que sólo se precisaba desembolsar la mitad. Además, las cautelas para la cobertura de riesgos eran mínimas y el control sobre los órganos de gestión, escaso e ineficaz.

Ante la lentitud con que se desarrollaba la nueva legislación sobre seguros, actualmente en el Congreso de los Diputados, la Dirección General de Seguros elaboró dos órdenes en septiembre de 1982 y julio de 1983 en las que se recogían los criterios de la Comunidad Económica Europea sobre márgenes de solvencia y garantías de las entidades aseguradoras.

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