El Ministerio de Economía eleva el coeficiente de inversión de bancos y entidades de ahorro
El Ministerio de Economía elevó ayer en medio punto el coeficiente de inversión de la banca y un 0,25% el de las cajas de ahorro para poder cubrir las necesidades de financiación del crédito oficial derivadas de las ayudas prestadas a distintas comunidades autónomas como consecuencia de las pasadas inundaciones. Por otra parte, el Boletín Oficial del Estado publicó ayer la ley del nuevo coeficiente de caja y el Banco de España anunció que se situará en el 18% de los depósitos, contando con un tramo no remunerado del 5% y el resto lo será al 13,5%.
La negativa de la banca privada y de las cajas de ahorro no vascas a suscribir una emisión especial de pagarés del Instituto de Crédito Oficial (ICO) provocó que la Administración decidiera elevar el coeficiente de inversión mediante dos órdenes ministeriales. La primera de ellas, referida a la banca, establece que el coeficiente de inversión para los bancos comerciales y mixtos queda situado en el 21,5% y el de los bancos industriales en el 18,5%. El incremento del coeficiente de inversión debe aplicarse enteramente al tramo de fondos públicos y se podrá computar dentro de ellos las cédulas para inversiones y los títulos extraordinarios emitidos con motivo de las inundaciones.En el caso de las cajas de ahorro se eleva en 0,25 puntos el coeficiente de inversión en fondos públicos. En la disposición se especifica que este aumento se deberá cubrir con los títulos que ponga en circulación el ICO o bien con los créditos a damnificados. Esta última posibilidad permite que las cajas de ahorro vascas, que firmaron un concierto de ayuda por valor de 12.500 millones, no tengan que suscribir nuevos títulos sino que se les cuente lo ya aportado.
Entrada en vigor
La ley del nuevo coeficiente de caja de los intermediarios financieros apareció ayer publicada en el BOE y junto a ella una orden del Ministerio de Economía y Hacienda que la desarrolla. El Banco de España mandará hoy una circular a todos los intermediarios financieros estableciendo que el nuevo coeficiente de caja entrará en funcionamiento la segunda decena de enero y quedará fijado en el 18% de los depósitos. El coeficiente tendrá dos tramos. El primero de ellos, técnico, será del 5% y no tendrá remuneración y el segundo se contabilizará mediante depósitos obligatorios en el Banco de España por los que las entidades afectadas recibirán un 13,5% de interés.En la circular del Banco de España se señala que el coeficiente de caja no entrará en pleno vigor hasta el mes de febrero y que en la segunda decena de enero tendrán que depositarse el 20% de los depósitos actualmente computables y en la tercera, el 19%. La integración de nuevos pasivos se iniciará por las letras.
El coeficiente de caja afectará a bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, sociedades de crédito hipotecario, entidades de financiación, sociedades mediadoras del mercado de dinero y cualesquiera otras que tengan como actividad típica la captación de dinero de terceros. La ley establece que el coeficiente de caja no podrá sobrepasar el 20% de los saldos computables y que se materializará a través de billetes y monedas en circulación, depósitos en el Banco de España o cualquier instrumento que utilice éste para retraer liquidez del sistema.
La orden que desarrolla la ley establece que el coeficiente de caja se calculará sobre los depósitos típicos, ahorro de emigrante, certificados de depósito, pagarés o efectos negociables emitidos por un intermediario, bonos, obligaciones, letras y pagarés de empresa o similares, con aval de intermediario financiero. El Banco de España establece un período de tres años para que se incluyan todos estos pasivos dentro de la base del coeficiente.
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