La deducción de 10.000 pesetas es aplicable a cada miembro de la familia
Una sentencia de la Audiencia Territorial de Valencia ha reconocido a "cada miembro de la unidad familiar" el derecho a deducir 10.000 pesetas en la cuota del impuesto sobre, la renta de las personas físicas, por el concepto de gastos personales que no requieren justificación. Si todos los contribuyentes se acogieran a dicha posibilidad, Hacienda dejaría de recaudar cada año, según estimaciones oficiosas, un mínimo de 200.000 millones de pesetas.La sentencia considera contribuyentes o sujetos pasivos a todos los miembros de la familia, mientras que Hacienda había tratado de desviar la designación inicial de "los contribuyentes" hacia la de "el sujeto pasivo" que declara. Asimismo, cita el principio de jerarquía normativa, para que prevalezca el significado de la ley sobre las normas posteriores de desarrollo. También señala que la interpretación de la Administración discrimina "a los miembros de la unidad familiar frente a los contribuyentes individuales y frente a aquellos otros que conviven sin vínculo matrimonial".
Para la Audiencia, este y otros hechos atentan al menos contra cuatro artículos de la Constitución: los relativos a igualdad de todos, igualdad ante los tribunales, protección de la familia y distribución personal de la renta más equitativa.
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