_
_
_
_

El Tribunal Constitucional, deniega el amparo solicitado por Vinader contra la sentencia que le condeno a siete años

El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo solicitado por el periodista Xavier Vinader contra la sentencia de la Audiencia Nacional, confirmada por' el Tribunal Supremo, que le condenó a siete años de cárcel por la publicación de dos reportajes en la revista Interviú sobre la ultraderecha en el País Vasco. Las sentencias citadas que, en la práctica, quedan respaldadas por el alto tribunal, consideraron a Vinader autor de un delito de imprudencia temeraria profesional con resultado de dos asesinatos y graves daños a un grupo de personas, y familias.

Más información
Consternación del periodista catalán tras conocer la decisión

El periodista recurrió al Tribunal Constitucional contra ambas sentencias para que se declarase su nulidad o, alternativamente, se acordase el reconocimiento y el restablecimiento de los derechos constitucionales que, en su opinión, le fueron vulnerados, entre ellos el de comunicar "libremente información veraz". En el asunto fueron parte también el fiscal general del Estado y María Ramos Preciados, viuda de una de las personas mencionadas en los reportajes que después fue asesinada por ETA. El ponente de la sentencia fue Francisco Pera Verdaguer.Vinader invocó la indefensión producida al haberle condenado la Audiencia por un delito distinto de aquellos -asesinato por complicidad y colaboración con bandas armadas- por los que había sido acusado. El Tribunal Constitucional recoge la doctrina del Supremo según la cual "se puede condenar", dice, "por un delito distinto del apreciado en los escritos de calificación, siempre que la condena sea por un delito de igual o menor gravedad ( ... ), cuando, sin variar los hechos objeto de la acusación, tengan los delitos considerados la misma naturaleza o sean homogéneos".

El alto tribunal estima que "si el condenado tuvo ocasión de defenderse de todos y cada uno de los elementos que componen el tipo del delito señalado en la sentencia, no existe indefensión". En definitiva, considera "excesivo y no admisible que ( ... ) pueda sostenerse que el acusado como «inductor, y como tal, de haber previsto, calculado y deseado un resultado, consciente, pues, del alcance y posibilidades de su comportamiento, quede indefenso por la simple circunstancia de que lo único que el tribunal elimine -y precisamente en su favor- sea la particularidad del ánimo doloso" (esto es, de la intencionalidad).

La relación de causa a efecto

Vinader, alegó también la violación del derecho constitucional a la presunción de inocencia porque se estableció un nexo causal entre su actividad periodística y el resultado que se le atribuyó. La sentencia rechaza esta alegación con el argumento de que en los casos de infracciones penales de carácter culposo la declaración de responsabilidad exige, "como uno de sus elementos esenciales, la relación o nexo causal entre el hecho que se estima productor del daño y éste, es decir, que haya una relación de causa efecto entre uno y otro, y que no basta que exista tal nexo, sino que es precise) además la prueba del mismo".

La sentencia afirma que la valoración de la prueba "extravasa las facultades de nuestro Tribunal", pero seguidamente ofrece algún tipo de respaldo a la valoración hecha por la Audiencia Nacional, al indicar que los juzgadores señalaron, entre otras cosas, que a los pocos días de la publica ción de los reportajes "se produjeron los dos asesinatos, consecuencias letales que eran perfectamente previsibles". En definitiva, el Tribunal Constitucional asegura que "el relato fáctico del fallo impugnado tiene una base probatoria real". Por último, Vinader invocó la violación de la libertad de expresión e información reconocida y protegida por el artículo 20 de la Constitución. La sentencia asegura que "el recurrente ha satisfecho cumplidamente su derecho a comunicar información". Para que se hubiera podido tener en la cuenta la linÚtación consistente en que los tribunales consideren delito las consecuencias ulteriores de lo publicado, "hubiera sido menester", dice el Tribunal Cons titucional, "que se hubiera impug nado la constitucionalidad de las normas jurídicas en las cuales el tipo delictivo se encuentra recogi do, o cuando menos la interpretación que de tales normas los tribunales hayan reahzado".

Al no haberse impugnado este extremo, el alto tribunal no entraen el tema. Tampoco entra a considerar una alegación realizada por Vinader: que el actuar en el ejercicio del derecho a la información constituye causa de justificación que le exonera de responsabilidad. El propio Código Penal considera causa eximente de la responsabilidad criminal el obrar ,,en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho". El Tribunal Constitucional desestima esta causa de justificaición, por entender que el ejercicio de ese derecho "está sujeto a los condicionamientos de tal causa de justificación establecidos con carácter general".

Los comunistas piden el indulto

EL PCE hizo público ayer en Madrid un comunicado en elque reitera la necesidad de que "el Gobierno, en uso de sus prerrogativas, indulte al periodista Xavier Vinader". Añade que la condena de Vinader y su forzoso exilio "ponen de manifiesto, de forma permanente, las limitaciones con que cuenta todavía la libertad de expresión en nuestro país. El indulto de Xavier Vinader resulta fundamental para evitar que se genere entre los profesionales de la información un proceso de autocensura que sería muy perjudicial para el. desarrollo de la libertad informativa".

Igualmente, el secretariado del Comité Central del Partit Socialista Unificat de Catalunya (PSUC) informó ayer en Barcelona del acuerdo adoptado para impulsar todas las iniciativas a su alcance encaminadas a conseguir, a través de un indulto, restablecer la normalidad en la vida de Xavier Vinader. Para el PSUC, la situación que sufre Vinader simboliza una limitación de la libertad de expresión.

La Asociación de la Prensa de Barcelona difundió ayer un comunicado en el que pide el indulto para Vinader. Por su parte, el portavoz del Gobierno, Eduardo Sotillos, manifestó en un coloquio celebrado en esa asociación -interpelado por los informadores catalanes y en especial por el director de Interviú, Eduardo Álvarez Puga-, que como periodista está procupado, pero que en función de su cargo gubernamental acata la sentencia.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_