Aclaración del director general de Tráfico
En relación con la carta que publicó ese diario el día 10 de noviembre, firmada por A. García, y referente a las sobretasas por revisión fuera de plazo del permiso de conducción, quisiera participar que la nueva Dirección General de Tráfico ha sido siempre sensible a ese problema, y prueba de ello es que, a iniciativa de la propia Dirección General, se ha tramitado y aprobado por el Consejo de Ministros un real decreto en el que se modifica el Código de la Circulación en los artículos correspondientes a este tema. De acuerdo con esta modificación, la sobretasa a que se alude en la referida carta queda radicalmente suprimida, además de concederse un, plazo de gracia de 30 días a partir de la caducidad del permiso para poder realizar la revisión sin ningún otro inconveniente. No es este lugar el más adecuado para hacer una exposición más detallada de este tema, pero sí quisiera dejar constancia, además, de que tan pronto como las gestiones para la aprobación del real decreto estuvieron avanzadas, en las Jefaturas Provinciales de Tráfico se comenzó a dar instrucciones a los ciudadanos que en principio hubieran tenido que pagar la sobretasa de que recurrieran contra la misma. El real decreto a que nos hemos venido refiriendo no ha entrado en vigor por encontrarse pendiente su publicación en el Boletín Oficial del Estado, razón ésta por la que los mencionados recursos no han sido todavía resueltos, si bien tan pronto la citada publicación se produzca se resolverán todos ellos en el sentido de dejar sin efecto la sobretasa impuesta. / Director general de Tráfico.
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