_
_
_
_
La reforma dél Código Penal que prepara el Gobierno / y 5

Las medidas de seguridad sólo podrán ser aplicadas a quienes hayan cometido un delito

A partir de la entrada en vigor del nuevo Código Penal, nadie será tratado como vago habitual, mendigo, toxicómano, alcohólico o prostituta antes de cometer un delito que permita considerarle como tal. Con ello se dará un vuelco respecto a la situación actual, que permite, en virtud de la ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social -que el futuro Código Penal derogará-, no sólo aplicar unas medidas anacrónicas, sino, además, hacerlo con carácter preventivo.La citada ley prevé medidas para quienes nunca han delinquido, como el internamiento en centros de custodia o trabajo y en centros de reeducación por tiempo de seis meses a cinco años y el "aislamiento curativo en casas de templanza hasta la curación" del afectado. Según el texto elaborado por Justicia, la aplicación de las medidas de seguridad se producirá siempre con carácter posterior al delito y respecto a hechos o circunstancias personales del sujeto, de las que pueda deducirse "un pronóstico de comportamiento futuro que revele la probabilidad de comisión de nuevos delitos". Este pronóstico lo emitirá el juez, previos los informes que estime convenientes, entre ellos, uno de carácter criminológico.

Más información
Penas más duras para la Prensa y creación del delito de 'calumnias e injurias reiteradas'

Las nuevas medidas de seguridad serán privativas de libertad -internamiento en centro psiquiátrico, de deshabituación, pedagógico especial, reeducador o de terapia social- o de otro carácter, tales como privación del derecho de conducir vehículos de motor, inhabilitación profesional y expulsión de extranjeros del territorio nacional. En los casos en que está previsto el internamiento, el Tribunal podrá acordar razonadamente, previos los informes citados y una vez cumplido o suspendido el período de internamiento, la imposición, por un tiempo no superior a cinco años, de tratamiento externo en centro médico o unidad hospitalaria, obligación o prohibición de residir en un lugar determinado del territorio, custodia familiar o prohibición de concurrir a ciertos lugares o a establecimientos para consumo de bebidas alcohólicas.

A los delincuentes habituales -esto es, condenados por tres o más delitos no cancelados registralmente y que, según declaración expresa del Tribunal, hagan presumible su inclinación a delinquir- se les impondrá, además de la pena correspondiente, el internamiento en un centro de terapia social por un tiempo que no excederá de cinco años.

Para el cumplimiento de las medidas de seguridad consistentes en internamiento, el Gobierno habilitará centros idóneos. Hasta tanto no estén habilitados, se aplicarán en centros no carcelarios.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_