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Control de Hacienda para suprimir las tasas ilegales, tras el escándalo del transporte

Las presuntas ilegalidades y corruptelas descubiertas en el escándalo de las tasas del transporte han animado al Gobierno a tomar medidas radicales. Antes de que se apruebe un proyecto de ley que reordenará los centenares de tasas existentes (desde judiciales a las de expedición de documentos), por las que sólo el Tesoro recauda más de un cuarto de billón de pesetas cada año, habrá una"limpia general" según fuentes gubernamentales, de estas exacciones parafiscales, generalizadas también en organismos autónomos e incluso corporaciones locales. El Ministerio de Hacienda ha prohibido ya cobrar aquellas que no reúnan los requisitos legales, al tiempo que ha puesto en marcha una operación para localizar y controlar las cuentas corrientes que hayan sido abiertas en bancos privados.

En la presente semana, los subsecretarios de la Administración y los presidentes, directores y gerentes de los dos centenares largos de organismos autónomos han empezado a recibir un oficio circular con instrucciones al respecto. Paralelamente, han sido iniciadas auditorías sobre las tasas cobradas en los últimos años por ministerios y servicios de Agricultura, Interior y Asuntos Exteriores. También han sido ordenadas en las últimas horas revisiones de cuentas similares en Justicia y Cultura. Fuentes oficiosas han informado que la operación se extenderá en breve a todos los ministerios.El oficio circular, al que ha tenido acceso este periódico, salió del Ministerio de Economía y Hacienda el pasado día 5, dirigido a todos y cada uno de los altos cargos citados. Va firmado por el interventor general del Estado, Juan Francisco Martín Seco, y recuerda desde sus primeros párrafos la necesidad legal (ley de tasas y exacciones parafiscales de 26 de diciembre de 1958) "para la creación de tales tributos, con excepción de aquellos cuya única finalidad sea la de regular el precio de productos determinados, cuyo establecimiento podrá efectuarse mediante decreto".

En el mismo oficio se reafirma la "imposibilidad legal de exigir tasa o exacción que no cumpla los requisitos señalados". Recuerda luego que los incumplimientos son una "falta muy grave", tanto como la exigencia de "cuantías superiores a las legal mente establecidas". También indica que los organismos autónomos que tengan encomendada la gestión de tasas para nutrir sus presupuestos deben situar "los fondos correspondientes en la cuenta abierta al organismo en el Banco de España. En cualquier caso, los citados ingresos deberán ser contabilizados e intervenidos".

Debido a la posibilidad de que algunos organismos hayan sido autorizados por la Dirección General del Tesoro a abrir cuentas en bancos privados -en otro caso, tales cuentas son ilegales-, la Intervención del Estado ha pedido a cada organismo que le comunique el nombre de todas y cada una de las cuentas de las que tengan noticia, la entidad bancaria, el tipo de cuenta, su denominación, las personas autorizadas a moverla y las operaciones o conceptos por los que ha sido utilizada.

Mejorar la gestión

Según fuentes oficiosas, tales datos serán utilizados y complementados con los de las auditorías en marcha. Aunque recientemente el interventor general del Estado declaró en conferencia de prensa que el objetivo de las auditorías no es "la caza de brujas", sino mejorar la eficacia de la Administración y extraer conclusiones que mejoren su funcionamiento, circula la impresión que en lo relativo a las tasas el relajamiento de los hábitos administrativos en las últimas décadas ha podido dar lugar a numerosas corruptelas, como la del transporte. Sólo en el Estado, el capítulo de tasas y otros ingresos se nutre ya con más de un cuarto de billón de pesetas anuales. Las previsiones para 1984 es que la recaudación suba un 55,7%, hasta situarse en 319.500 millones de, pesetas. En los organismos autónomos la participación de las tasas supone cerca del doble, y en las corporaciones locales es todavía mayor. Dentro del capítulo general de ingresos, en el Estado se consideran tasas desde las recibidas por prestación de servicios (telégrafos, giros y sellos en Correos; custodia de depósitos y avales y seguros en la Administración financiera; derechos obvencionales de los consulados y arrumbadores y marchamadores en aduanas), a las consideradas realmente fiscales (por juegos, rifas y tómbolas, canon de superficien de minas), o a las parafiscales (el caso más típico son las judiciales). Las tasas, implantadas en casi todos los otros países, tienen, sin embargo, una naturaleza jurídica dudosa. Los tratadistas de Hacienda coinciden en situarlas entre el impuesto para cubrir gastos del Estado y el precio por prestar servicios, pero a la hora de definirlas dan mil vueltas y no llegan a convenciones claras. Como en la Administración del Estado hay tesorería única (las cuentas del Tesoro en el Banco de España, sobre las que cada ministerio debe girar todos los gastos e ingresos), el control de sus tasas no entraña grandes dificultades. Por el contrario, el centenar y medio de organismos autónomos tienen tesorería aparte, aunque deben reflejar todos los ingresos en presupuesto. Los hábitos burocráticos han llevado a la proliferación de tasas y a su aplicación directa, tan-to en centros ministeriales como en organismos autónomos, a gastos en algunos casos ajenos a los respectivos presupuestos.

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