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Reportaje:

La reforma de la legislación sobre aguas preocupa al campo

Andreu Missé

Aunque todos los ciudadanos son usuarios del agua y en el sector industrial son cada vez mayores los esfuerzos que se realizan para lograr el máximo aprovechamiento de los recursos hidráulicos, lo cierto es que son todavía los campesinos quienes se encuentran sometidos a una dependencia más estrecha respecto a avatares meteorológicos y, por tanto, quienes resultan afectados en mayor medida por las irregularidades que suponen la escasez o sobreabundancia de agua. Un total de 600 comunidades de regantes que cultivan más de 750.000 hectáreas, de las que viven directamente más de un millón de personas, están a la expectativa del alcance de la reforma, que afecta de forma especial a determinados colectivos, como es el caso del trasvase Tajo-Segura, que ha visto cómo el Gobierno inmovilizaba la ley que lo iba a regular hasta que no se apruebe el Plan Hidrológico Nacional, que se desarrollará a su vez en el marco de la nueva legislación de aguas.En una primera instancia se reformará la estructura de las confederaciones hidrográficas y, posteriormente, la nueva ley de Aguas, de la que se está ultimando un borrador que será presentado a las comunidades autónomas a primeros del mes próximo.

ANDREU MISSÉ, Barcelona

M., Venecia

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La Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España ha manifestado su acuerdo con la Administración en la necesidad de reformar las confederaciones hidrográficas y ha señalado los criterios que deben inspirarla. En primer lugar, los campesinos exigen una mayor participación en los órganos de gestión y administración de estas entidades, reclamando específicamente que "los nombramientos de presidente y secretario de la asamblea y de la junta de gobierno de las confederaciones se deben hacer no por designación del Gobierno, sino por elección, ya que tan importantes cargos aparecen como funcionarios o autoridades del Estado, y no como representantes legítimos de estos órganos".

Representación para el usuario

En esta misma línea, los regantes critican la presencia en los órganos de dirección de las confederaciones de representantes de las cajas de ahorro, cajas rurales y entidades bancarias establecidas en las respectivas cuencas, designados por el Ministerio de Economía y Hacienda. La Federación Nacional de Regantes solicita una representación mayoritaria para el usuario regante en la asamblea y en la junta de gobierno, señalando que sea, al menos, el 75% la que corresponda a los consumidores de representación social directa y el 25% restante se asigne a los no consumidores.

En esta misma línea de profundizar en la desburocratización y democratización de las confederaciones, los regantes solicitan que las comisiones de desembalse deben estar formadas casi exclusivamente por los usuarios, que son los que de verdad conocen las necesidades de cada momento. En este aspecto, la Federación Nacional de Regantes subraya la inoperancia y la falta de objetividad de las actuales comisiones de desembalse mientras permanezca vigente el real decreto-ley sobre medidas excepcionales para el aprovechamiento de los recursos hidráulicos, escasos a consecuencia de la prolongada sequía.

Desde la misma perspectiva se plantea la supresión del sistema de tasas y exacciones parafiscales vigentes, sustituyéndolo por otro más justo y racional de contribución equitativa, según los sectores integrados. Igualmente critican a las actuales juntas de explotación, ya que "ni funcionan ni tienen efectividad, pues aparentemente sólo sirven para confeccionar tarífas y cánones de riego". No obstante, los regantes se muestran más partidarios de llenarlas de contenido efectivo que de suprimirlas.

Aunque casi todas las reivindicaciones de los campesinos apuntan a una mayor dernocratización y participación en los órganos de las confederaciones, hay que destacar la preocupación de las comunidades de regantes para que se mantenga la unidad de gestión de la cuencas hidrográficas. Esta última cuestión se ha planteado al aparecer en la escena los conflictos de competencias entre la Administración central y las autonómicas. Hay que tener en cuenta que algunas cuencas hidrográficas, se extienden sobre un territorio que pertenece a varias comunidades. En el caso de la cuenca del Ebro, son nueve las comunidades autónomas afectadas. Los campesinos son los primeros en subrayar los conflictos que surgirían si cada comunidad pretendiese competencias absolutas sobre las aguas que discurren por su territorio. Por ello insisten en la necesidad de mantener la unidad de gestión de cada cuenca, considerando que los Gobiernos autónomos deben estar debidamente representados en los órganos de las confederaciones.

Aunque en principio todos los Gobiernos autónomos coinciden en que la gestión de las confederaciones debe realizarse desde la perspectiva de la unidad de cuenca, todavía quedan muchas incógnitas por despejar en esta materia, algunas de las cuales pueden adquirir un nivel de conflictividad de consecuencias imprevisibles.

Competencias autonómicas

El marco legal general de esta materia está determinado por el artículo 149 de la Constitución y lo previsto en cada estatuto de autonomía. Así, por una parte, el artículo 149 establece la competencia exclusiva del Estado sobre la legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una comunidad autónoma, mientras que los estatutos de Cataluña y País Vasco consideran competencia exclusiva de la comunidad los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos cuando las aguas discurran íntegramente dentro de la comunidad.

Para Lluís Armet, diputado y portavoz del Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC) en el parla mento catalán, a la vista de ambas normativas mantiene que la competencia sobre las aguas que discurren por una sola comunidad, como son las de la Confederación Hidrográfica del Pirineo Oriental en Cataluña, debería ser transferida ya a la Generalitat. Según manifestó recientemente el presidente de la Generalitat, Jordi Pujol, la transferencia de la competencia sobre el agua se hallaba inexplicablemente paralizada, a pesar de ser la que más apremiaba para las actuaciones del Gobierno autonómico.

Un conflicto mucho más áspero se puede plantear en Andalucía, cuyo Gobierno autonómico reclama la competencia del Estado en las confederaciones del Sur y del Guadalquivir, cuyas cuencas pertenecen a Andalucía en un 99,5% y 88,3%, respectivamente. En el primer caso, no parece que pueda surgir ningún conflicto serio, pero en el caso de la cuenca del Guadalquivir las intenciones de la Junta de Andalucía han chocado con los intereses de Extremadura y Castilla-La Mancha. Antonio Valdivieso, viceconsejero de la Consejería de Obras Públicas e Infraestructura de la Junta de Andalucía, ha señalado que las pretensiones de su Gobierno se apoyan en lo dispuesto en el artículo 13-2 del estatuto de autonomía. "Nuestro estatuto", afirma Valdivieso, "es el único que habla de recursos y aprovechamientos hidráulicos, mientras que los otros sólo hablan de aprovechamientos. Además", añade, "también se hace expresa referencia a las aguas que únicamente discurren por Andalucía, y no exclu.sivamente, como se dice en los otros estatutos. No se trata de simples diferencias semánticas. Nuestro estatuto fue el último en aparecer, y si el legislador introdujo estas palabras distintas es porque realmente quería introducir otro sentido en la reglamentación de esta materia".

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