Una impugnación gratuita
LA IMPUGNACIÓN de dos artículos de la ley del catalán, anunciada tras el Consejo de Ministros de esta semana, y en vísperas de la entrevista celebrada entre Felipe González y Carlos Garaikoetxea, es una muestra más de la torpeza de los planteamientos autonómicos del Gobierno. Tienen razón quienes en estos momentos, para evitar una confrontación sobre el tema, subrayan que los recursos son anecdóticos, pues pretenden modificar meros aspectos formales, y recuerdan que lo fundamental, el fondo de la ley e incluso los detalles que resultaron más polémicos durante su elaboración, han quedado indirectamente revalidados al no estar incluidos en la impugnación. Pero aunque no se haya impugnado nada sustantivo, lo sustantivo es el recurso en sí, por el que Cataluña entera se siente decepcionada, después de que la ley fue fruto de un consenso general por parte de todos los representados en las instituciones de autogobierno.La responsabilidad de los socialistas catalanes es evidente. Si en los puntos recurridos tiene razón el parlamento catalán, el PSC evidencia un escaso peso político a la hora de explicar sus puntos de vista a sus compañeros del PSOE en la Administración central. Si las impugnaciones son, en cambio, razonables, tendrán que dar explicaciones de por qué prestaron su consenso. En uno u otro caso salta a la vista que los socialistas catalanes son la única fuerza política que se hallaba en condiciones de evitar a tiempo el conflicto. La gratuidad de éste aparece más evidente cuando se analizan los puntos que han sido objeto de la impugnación. El primero de ellos, que facultaba a la Generalitat para actuar de oficio ante los tribunales en defensa de los intereses particulares de los ciudadanos que se sientan limitados en su derecho de usar el catalán, recogía, en definitiva, el derecho del Gobierno autonómico a mantener una actitud activa en este terreno. La explicación del recurso no va contra este derecho, sino contra la aplicación concreta que le daba la ley, pues señala que una intervención de oficio de este tipo modificaría el marco legal existente sobre procedimientos judiciales, lo que es "competencia exclusiva del Estado". El otro artículo recurrido, que establecía que en caso de una interpretación dudosa de un texto legal bilingüe dictado por el parlamento catalán se consideraría oficial la versión catalana, resulta completamente intrascendente si las cosas se hacen -correctamente y las traducciones -el parlamento de Cataluña suele deliberar en catalán- se ' realizan con la seriedad e impecabilidad que han de caracterizar a estos trabajos. Ambos puntos, aunque sean retocables, no justifican que se arrojen sombras de anticonstitucionalidad sobre lo legislado por la Cámara catalana.
En un momento en el_que las relaciones del Poder central con el País Vasco están gravemente deterioradas, cuando se ha creado la ficción con la Xunta gallega por la cuestión de la representación en la ofrenda, ante el apóstol Santiago, crear problemas marginales entre Madrid y Barcelona refleja una falta de habilidad política. Parece que asistimos a una forma de crispación autonomista por temas prácticamente formales -banderas, protocolos y esta impugnación que comentamos-, pero que pone de relieve la precipitación con que el PSOE aborda la cuestión autonórdica y la facilidad con que cae en las provocaciones tendidas por HB, sean estas iniciales las de Herri Batasuna, en Euskadi, o las de Heribert Barrera,en Cataluña.
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