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Cerca de 500 teléfonos se encuentran intervenidos actualmente en España

El número de teléfonos intervenidos en España en estos momentos se aproxima a los 500, según los últimos datos obtenidos en fuentes de la Compañia Telefónica y del Ministerio del Interior. Esta cifra representa los que se encuentran bajo responsabilidad de alguna autoridad gubernativa o judicial, aunque es probable la existencia de otras al margen de la ley. Las deficiencias en el control público del uso de escuchas y la plena libertad de mercado para aparatos de espionaje de conversaciones, unido a la falta de penalización de usos no legales de estos procedimientos, configura un cuadro inquietante para la seguridad del secreto de las comunicaciones.

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A 5 de julio pasado, las estadísticas en poder de la delegación del Gobierno en la Telefónica daban cuenta de 456 líneas controladas por orden judicial o gubernativa. Con las pequeñas variaciones realizadas desde entonces, la cifra actual de teléfonos intervenidos oficialmente puede situarse entre los 450 y los 500, número sensiblemente más alto del que ha venido manejándose hasta ahora.Aproximadamente la mitad de las líneas están pinchadas con autorización de jueces ordinarios. Parte de dichos mandamientos se refieren a la investigación de delitos comunes, principalmente tráfico de drogas y contrabando de otras mercancías, y el resto corresponden a teléfonos conectados al llamado circuito de llamadas maliciosas -sistema que permite a la compañía intervenir líneas a petición del abonado, previa denuncia a la policía o al juez. Otros 250 teléfonos más son los vigilados al amparo de la ley antiterrorista, bajo la responsabilidad de los jueces de la Audiencia Nacional, aunque el pinchazo suele hacerse por iniciativa del ministro del Interior o del,director de la Seguridad del Estado.

De las escuchas autorizadas, las antiterroristas son las únicas que cuentan con un procedimiento concreto y en alguna medida trascienden al público, puesto que existe la obligación legal de dar cuenta de sus resultados a las Cortes. Esto implica que sólo una parte de los teléfonos intervenidos se encuentran sujetos a algún tipo de información pública respecto al uso de tal medio. El resto quedan en el ámbito interno del órgano que autorizó la escucha.

Información somera

Medios judiciales señalan que, en no pocos casos, las cintas grabadas a ciudadanos sospechosos no llegan a ser controladas por el juez que autorizó la escucha, quien, por falta de tiempo o de medios auxiliares, suele recibir sólo una información somera, salvo que muestre expresamente su interés por escuchar algo concreto. Ninguna disposición legal obliga a los jueces a dar cuenta del uso de las escuchas, y no existe regulación de las mismas en cuanto a procedimiento. Los únicos controles son la estadística que periódicamente recibe la delegación del Gobierno en la Compañía Telefónica y el archivo de mandamientos.La Policía o la Guardia Civil, según los casos, realizan también algunas escuchas autorizadas que no recorren todos los trámites previstos. Hay intervenciones de corta duración, casi siempre relacionadas con el terrorismo en que el pinchazo se efectúa a horas en que la mayoría del personal laboral se encuentra ausente de las centrales. El sistema afecta especialmente al País Vasco, y la explicación ofrecida para ello es que influyen tanto razones de urgencia como de seguridad.

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Todo este conjunto de datos lleva a pensar que, aun con autorización judicial o gubernativa, el control minucioso del uso de escuchas es bastante escaso. Y si esta es la situación de las legales, queda a la imaginación de cada cual como pueden ser las incontroladas.

Todo ello plantea un cuadro inquietante de riesgos para el mantenimiento del secreto de las comunicaciones. Desde algunos. puntos de vista se alega que las escuchas han prestado servicios considerables a la defensa de la democracia, como sucedió en los días posteriores a la intentona golpista del 23-F, pero desde otros se contesta que el poder de un Gobierno debe estar perfectamente limitado en el uso de medios tan poderosos para la violación de la intimidad de los ciudadanos.

Frente a esta situación general, la investigación abierta en los casos concretos denunciados hasta ahora es negativa, al menos por el momento. La policía efectuó un barrido de líneas correspondientes a la sede de Alianza Popular, y una empresa privada hizo lo propio en domicilios particulares de dirigentes de la oposición. Ninguna de estas operaciones proporcionó algo positivo. También fue negativa, en cuanto a datos sobre escuchas ilegales, la inspección de un dirigente de AP a uno de los locales policiales de escuchas en Madrid.

Procedimientos de 'espionaje'

Mientras el vacío legal al respecto siga siendo tan clamoroso como el de los últimos años, nadie puede estar seguro de no ser escuchado contra su voluntad, y de que, caso de serlo, el responsable será perseguido legalmente. Incluso ciertos tribunales, como los laborales, tienden a admitir la grabación de conversaciones como medio normal de prueba judicial (véase EL PAIS de 11 de julio pasado).Un prestigioso penalista, miembro de la comisión asesora del Gobierno para la redacción del nuevo Código Penal, considera "un error" no haber incluido las escuchas ilegales entre las medidas urgentes de reforma de las leyes penales, realizadas en la primavera pasada por iniciativa del Gobierno socialista. Cabe anotar que tampoco la oposición hizo hincapié entonces sobre la urgencia de esta cuestión.

La investigación abierta por las denuncias sobre escuchas clandestinas ha permitido, sin embargo, actualizar la información sobre técnicas existentes para efectuarlas. Los métodos factibles se refieren a la vigilancia del domicilio o lugar de trabajo, a través de micrófonos instalados en las cercanías del edificio en cuestión, o bien a micrófonos ocultos en el edificio y conectados a equipos de escucha exterior. El primero de los casos no puede ser perseguido seriamente, mientras el segundo exige un previo allanamiento del local investigado, lo cual sí es un delito, con las lógicas dificultades de identificación del autor.

Otro sistema es la intervención directa de líneas telefónicas en los tendidos. Los expertos consideran improbable que pueda hacerse en los mazos de cables que discurren por galerías subterráneas, por la dificultad de acertar con la línea buscada. Más sencillo es intervenir los cables tendidos a lo largo de fachadas, incluso a plena luz del día, puesto que el riesgo de equivocarse de línea es más reducido y el interventor puede pasar por trabajador que efectúa una reparación o comprobación aparentemente normal.

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