Admiten a trámite una querella contra el responsable de una residencia de la Seguridad Social
El juzgado de instrucción número 12 de Barcelona ha admitido a trámite una querella criminal interpuesta contra el director de la Residencia Sanitaria Valle Hebrón y contra el director del Equipo Quirúrgico de Urgencias de Barcelona, por un presunto delito de imprudencia con resultado de lesiones, supuestamente cometido el 6 de junio de 1981. Según la querella, en este centro sanitario se asistió indebidamente a una menor, por lo que quedó ciega de un ojo.En la tarde del 6 de junio de 1981, Concepción Roig Hidalgo, de 7 años de edad, resultó herida en un párpado mientras jugaba en un recinto parroquial. Rápidamente la pequeña fue trasladada a la Residencia Sanitaria Valle Hebrón, donde le fue practicada una sutura en el párpado cortado. El médico que asistió a la niña aseguró que la herida se hallaba en el exterior y no en el ojo, por lo que la lesión no revestía importancia.
Seis días después de sufrida la lesión -"siguiendo la burocrática senda que marca la relación del ciudadano con la Seguridad Social", según el texto de la querella- Concepción llegó a la consulta de un oftalmólogo, que diagnosticó una perforacíón ocular, ordenó el ingreso de la pequeña en un centro y llevó a término una operación quirúrgica. A pesar de todos estos esfuerzos, los médicos no pudieron salvar la vista del ojo derecho de la niña. Según se explica en el escrito de querella, el médico que intervino a la niña hizo patente "su sorpresa al querellante por no haberle sido diagnosticado a la menor la perforación ocular que padecía, así como por no haber sido tomada, paradójicamente por los doctores que la asistieron en urgencias, la precaución de remitirla al servicio de oftalmología, con carácter inmediato".
Jorge Roig Calbet, el padre de la víctima, inició de esta manera un peregrinaje por los diferentes despachos de la Seguridad Social reclamando una indemnización por el daño causado a su hija. El 5 de marzo de 1982, nueve meses después del incidente, el Insalud respondió a los requerimientos del padre con un oficio en el que le sugería la posibilidad de ejercer las acciones penales contra el facultativo, adquiriendo el Instituto la condición de responsable civil subsidiario.
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