La ley del derecho de reunión obtuvo en el Congreso el consenso de todos los grupos
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer el proyecto de ley orgánica que regula el derecho de reunión. Salvo algunas discrepancias en puntos concretos, el proyecto de ley mereció los elogios de los distintos grupos parlamentarios, tanto de la izquierda como de la derecha. El ministro de Justicia, Fernando Ledesma, se congratuló de que la futura ley sea compartida por la gran mayoría de la Cámara. En la votación final de conjunto, dado su carácter de ley orgánica, lo hicieron favorablemente 188 diputados, ninguno en contra y 83 (Grupo Popular) se abstuvieron. En la explicación de voto, Ruiz Gallardón señaló que el Grupo Popular se había abstenido por la muralla que significan los votos socialistas frente a las enmiendas de su grupo.Tanto el diputado de Euskadiko Ezkerra, Juan María Bandrés y el comunista Fernando Pérez Royo, ambos del Grupo Mixto, como el portavoz del Grupo Popular, José María Ruiz Gallardón, estimaron aceptable en líneas generales la regulación del derecho constitucional de reunión. El ministro de Justicia dijo que junto al desarrollo de los derechos constitucionales, a través de la aplicación que realiza el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, es conveniente no demorar el desarrollo legislativo de los mismos.
Por lo que se refiere al proyecto de ley que presentaba ante la Cámara, Fernando Ledesma aseguró que significa la respuesta adecuada a una sociedad democrática avanzada como la que establece el preámbulo de la Constitución. Destacó, entre los aspectos más importantes de la nueva ley, que el derecho de reunión no se configura como un peligro para la paz social, sino como un derecho y un cauce de participación política, cuyo ejercicio la autoridad gubernativa tiene la obligación de proteger frente a quienes traten de perturbarlo.
El debate de ayer reprodujo la discusión suscitada en la Comisión de Justicia e Interior por este proyecto de ley. Las enmiendas mantenidas fueron, en su gran mayoría, rechazadas, y entre las escasas modificaciones admitidas por el pleno, figura la de introducir la posibilidad de que el plazo normal de diez días naturales como mínimo y 30 como máximo para comunicar a la autoridad gubernativa la celebración de manifestaciones, se reduzca a 24 horas en casos muy especiales. Con ello, el PSOE trató de dar satisfacción en especial a los planteamientos defendidos en nombre del Partido Nacionalista Vasco por Marcos Vizcaya, quien insistió en que el plazo ordinario no puede cumplirse siempre, especialmente en situaciones en que la respuesta popular exige gran inmediatez.
Gran parte de los textos sometidos a debate fueron aprobados con los votos de casi todo el hemiciclo. La defensa de enmiendas fue especialmente abundante por parte del comunista Pérez Royo, Juan María Bandrés (EE) y José María Ruiz Gallardón, por el Grupo Popular.
Bandrés insistió en que la limitación para la asistencia de militares de uniforme a las manifestaciones públicas se limitara a los militares profesionales, ya que a los soldados que cumplen el servicio militar obligatorio les está vedada a veces vestir una ropa diferente al uniforme militar, por lo que quedarían cercenados sus derechos ciudadanos de no permitírsele la asistencia a tales manifestaciones. El socialista Pere Jover recordó que no se trataba de una prohibición, sino de que la presencia de militares uniformados en las reuniones o manifestaciones públicas se rige por una legislación específica. La enmienda fue rechazada.
Daños a terceros
Se aprobó un texto de acuerdo con el cual las personas naturales o jurídicas que figuren como organizadores o promotores de reuniones o manifestaciones "sólo responderán civilmente de los daños que los participantes causen a terceros cuando hayan omitido la diligencia razonablemente exigible para prevenir el daño causado". Ruiz Gallardón pidió que el resarcimiento de tales daños se hiciera, en todo caso, a cargo de los organizadores o promotores si no demostraban que habían puesto la diligencia razonable. El socialista Jover se opuso a esta pretensión que, en definitiva, trataba de invertir la carga de la prueba. Jover señaló que el organizador o promotor no es quien tiene que probar que puso diligencia, sino que tal prueba corresponde a quienes aseguren que la omitió. La enmienda del Grupo Popular fue rechazada.
El delegado gubernativo
Marcos Vizcaya, por el PNV, enmendó el artículo en el que se establece la posibilidad de que los organizadores y promotores de reuniones soliciten la presencia de delegados de la autoridad gubernativa. Vizcaya recordó que en el proyecto de ley se establece que tales delegados no intervendrán en las discusiones o debates ni harán uso de la palabra para advertir o corregir a los participantes, pero no se señalaba cuál sería su papel en la reunión.
Ruiz Gallardón propuso que se dijera que dicha presencia de la autoridad gubernativa sería a los efectos de proteger la reunión frente a quienes trataran de impedirla o perturbarla. El socialista Pere Jover se negó a esta enmienda y aseguró que, aunque es cierta esta misión de los delegados gubernativos, no están sólo para eso, sino también para otras cosas. Aunque no lo dijo, la referencia que el proyecto de ley hace a la ley de Enjuiciamiento Criminal indica que los delegados gubernativos podrán denunciar hechos supuestamente delictivos que ocurran durante las reuniones a las que asistan. En todo caso, la presencia de dichos delegados sólo se producirá a solicitud de los organizadores y promotores de reuniones.
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