Varios abogados sostienen que si existió rebelión debe haber más inculpados civiles y militares
Si el capitán de navío Camilo Menéndez Vives es un rebelde, tal y como pretende el fiscal en el recurso de casación, el Tribunal Supremo debiera deducir el tanto de culpa correspondiente, al menos contra su almirante jefe y contra el director general de la Guardia Civil. Así lo afirmó Antonio Muñoz Perea, letrado defensor del capitán de navío Menéndez Vives. Antes había quintaesenciado una larguísima y reiterativa intervención en esta pregunta: ¿es antijurídico dar un abrazo a un amigo?Inmediatamente antes, el letrado Jaime Tent había asegurado que su patrocinado, el capitán de la Guardia Civil José Luis Abad, se limitó a custodiar la centralita telefónica del Congreso, de forma que ni siquiera se enteró de la llegada de su director general, y poco después, el letrado Jesús Gómez García, que defiende al capitán de la División Acorazada Brunete Carlos Alvarez Arenas, aseguró, por activa y por pasiva, que su patrocinado no hizo más que un gesto de solidaridad con la Guardia Civil. Los letrados defensores de los tres encausados se opusieron a las pretensiones del fiscal y solicitaron la absolución de sus defendidos.
El último tramo de la sesión de la tarde no estuvo exento de abundancias retóricas, con citas de clásicos griegos, oradores del siglo XIX y hasta solemnes referencias bíblicas. El defensor del capitán Abad Gutiérrez, condenado a tres años y un día de prisión por el Consejo Supremo de Justicia Militar, se entretuvo con parsimonia en distinguir entre esencia y apariencia, para concluir que los hechos probados de la sentencia ofrecen una apariencia de ilicitud que no se corresponde con la esencia de lo que realmente ocurrió.
Explicó que si se admite la existencia de la rebelión militar por parte de su defendido, habría que haber actuado, en esa misma dirección, contra otras muchas autoridades militares y civiles, de acuerdo con el artículo 305 del Código de Justicia Militar, que considera reos de rebelión a todos los que no se opongan contundentemente a la acción de los rebeldes.
Al capitán Abad sólo puede reprochársele, según su defensor, la insistencia en pedir a sus jefes confirmación para cumplir la orden que le transmitía el teniente coronel Tejero. El letrado recordó la "ciega obediencia que exige el reglamento de la Guardia Civil".
El defensor del capitán de la División Acorazada Brunete Álvarez Arenas consideró que el fiscal -para el que los tres letrados tuvieron encendidas palabras de elogio- ha hecho una interpretación caprichosa y gratuita de los hechos probados de la sentencia. Su defendido acudió al Congreso sabiendo que todo había fracasado, sin ningún ánimo de apoyo a los rebeldes, por mera solidaridad con quienes se encontraban dentro y, específicamente, con la Guardia Civil, y no tuvo actuación alguna que pueda configurar la conducta de un rebelde.
El letrado Muñoz Perea destacó más que nadie en sus alabanzas al fiscal general del Estado. El mal sabor de boca que le había producido la lectura del escrito del recurso de casación se fue borrando, afirmó, al escuchar el informe oral del miércoles por la mañana. El letrado defiende al capitán Pascual Gálvez, al capitán de navío Menéndez Vives y al único paisano encausado, Juan García Carrés, pero hubo de detenerse en la defensa del marino porque la sesión se interrumpió en ese punto hasta hoy a las diez de la mañana.
Camilo Menéndez no hizo otra cosa, según Muñoz Perea, que desatender los consejos de su almirante y del teniente general Aramburu Topete, y acudir al Congreso para dar un abrazo a su entrañable amigo el teniente coronel Tejero, al tiempo que aprovechó la circunstancia para llevar a cabo algunas acciones humanitarias.
Los inculpados no tuvieron móviles egoístas
El patriotismo, el exacerbado amor a la patria y los móviles patrióticos de cuatro de los procesados -los capitanes Carlos Lázaro, Enrique Bobis y José Cid y el comandante Ricardo Pardo Zancada-, y por extensión de los demás implicados en el proceso del 23-F, fueron analizados extensamente por el letrado José Luis Sanz Arribas. Fue un apasionado alegato en favor de los motivos patrióticos que supuestamente esgrimían los acusados. No en vano el letrado penalista Sanz Arribas está emparentado con una familia de arraigada tradición dentro del Ejército y de la Guardia Civil.
"Ha habido algo que ha provocado el dolor de los inculpados, y ha sido que en el recurso del fiscal se aludiera como razones de esta acción a motivos puramente egoístas, o a los intereses partidistas. No sé cuáles eran las intenciones del general de división Armada. Pero sí sé cuáles eran los motivos esgrimidos por mis patrocinados". De esta manera inició el abogado un ataque a la tesis del fiscal, según la cual en la sentencia se había aplicado indebidamente la atenuante de móviles patrióticos.
Pero el alegato del letrado José Luis Sanz Arribas, defensor de uno de los inculpados en el atentado contra EL PAIS, fue también profundo y documentado. Aportó a la sala la doctrina legal relacionada con el tema y de un brochazo desestimó la interpretación dada por el jurista Juan Córdoba Roda, catedrático de Derecho Penal de la universidad de Barcelona, según la cual la valoración de los móviles patrióticos debe realizarse desde un punto de vista social. Rechazó esta tesis el letrado para acogerse a la teoría de que los móviles patrióticos debían ser analizados a la luz de los impulsos humanos de sus patrocinados.
Tras laImpugnación de la tesis del fiscal pasé a explicar el recurso planteado contra la condena del comandante Pardo Zancada. A través de 10 motivos, cinco por quebrantamiento de forma y otros cinco por infracción de ley, José Luis Sanz Arribas pidió la redacción de una nueva sentencia, la atenuación de la pena dictada contra el comandante y que se evitara así su expulsión del Ejército.
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