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Dos policías, condenados por torturas, tendrán que abandonar el Cuerpo

Dos inspectores de Policía, Manuel Abonjo y Miguel Angel García, han sido condenados a sendas penas de diez años de inhabilitación especial -lo que supone la separación del cuerpo- y diez meses de prisión, cada uno de ellos, como responsables de delitos de torturas y amenazas, contra el sindicalista y médico Xabier Onaindía, en junio de 1979, según sentencia hecha pública ayer en Bilbao. Esta sentencia, es la primera condenatoria contra policías en ejercicio por un delito de tal naturaleza que se produce en España en muchos años.El inspector Pedro Salvador Cano Martínez, procesado en el mismo sumario y por los mismos presuntos delitos ha sido absuelto.

La sentencia de la sección segunda de la sala de lo penal de la audiencia territorial de Bilbao, considera probado que durante los siete primeros días -de los nueve que duró la permanencia de Onaindía en la comisaría de Bilbao, en régimen de incomunicación- un grupo de entre doce y catorce personas puestas previamente de acuerdo, procedieron a interrogarle, turnándose entre sí ( ... ) sometiendo al señor Onaindía a intensos sufrimientos físicos y psíquicos, consistentes en apaleamiento, mediante puñetazos, tirones de pelo, golpes propinados con el mango de una fregona o con libros de grueso volumen en la cabeza, patadas y golpes en el cuello con una porra o defensa de las utilizadas por la policía.

Otras torturas enumeradas por la sentencia, son: "hacerle permanecer esposado y colgado de manos y pies de un palo colocado entre dos mesas, logrando que se doblase hasta hacerle pasar las dos piernas por el hueco formado por los dos brazos esposados; aplicarle en la posición descrita descargas eléctricas en las manos, sienes y orejas; hacerle realizar continuas flexiones de piernas, así como caminar en cuclillas con los brazos extendidos hasta sobrepasar su resistencia física, propinándole golpes en el momento que caía o trataba de descansar". El prisionero fue objeto también de diversas humillaciones que se detallan en la sentencia, así como de amenazas de disparar contra él.

Como consecuencia de tales torturas, Xabier Onaindía, sufrió una serie de lesiones que pudieron ser comprobadas por el médico forense, cuyo informe se reproduce también en la sentencia.

De "obvias y abrumadoras" se califican las pruebas presentadas respecto a la existencia de un delito de torturas en relación al artículo 204 del código penal. En cuanto a la identificación de los culpables, la sentencia hace mención al reconocimiento por el denunciante de los dos inspectores ahora condenados de entre diez personas que le fueron presentadas en una "rueda de presos" en abril de 1980.

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