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Condenados a 30 años los autores del atentado contra EL PAÍS

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a treinta años de reclusión mayor -la máxima pena admitida en el ordenamiento penal español- a Rafael Gómez Alvarez y a Ramiro Rodríguez-Borlado, como autores de un delito de terrorismo con resultado de muerte, en concurso ideal con dos delitos de asesinato frustrado y un delito de daños. Los hechos juzgados se produjeron el 30 de octubre de 1978, al hacer explosión un paquete-bomba enviado por los condenados a EL PAÍS.La explosión produjo la muerte a Andrés Fraguas, heridas gravísimas a Juan Antonio Sampedro, con secuelas irreversibles, y lesiones a Carlos Barranco, los tres trabajadores del periódico.

Los acusados fueron detenidos en julio de 1981, tras disparar contra un conductor con el que discutieron en una calle de Madrid. Este denunció los hechos y la policía pudo aprehender a Gómez Alvarez y a Rodríguez-Borlado, y acusarles de una larga serie de hechos terroristas, entre los que se incluyen la muerte violenta de tres personas.

El tribunal, a la vista de que los procesados negaron su participación después de admitirla ante la policía, ante el juez y en un careo, afirma que no ha tenido en cuenta, sustancialmente, el atestado policial, sino el conjunto de las actuaciones, para llegar a la convicción, "sin duda racional y fundada", de que los procesados son autores del atentado. La sentencia declara la existencia de los distintos delitos señalados, aunque es el más grave de ellos el que determina la pena a imponer partiendo de la base de que existe "un único propósito delictivo: la represalia ejercida contra un medio de información y difusión social".

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