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El aumento de retenciones en el impuesto sobre la renta significaría adelantar al Estado 60.000 millones de pesetas

Entre 50.000 y 60.000 millones de pesetas podría estimarse el incremento de anticipos de los contribuyentes al Estado por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), según estimaciones de expertos fiscales, si hubiera entrado en vigor la tabla de retenciones que iba a ser estudiada en el último Consejo de Ministros y que fue retirada a última hora por el ministro de Economía y Hacienda, Miguel Boyer. Al mismo tiempo, este departamento estudia una modificación al alza de las escalas del impuesto en cuestión. Este anticipo, al precio actual del dinero, hubiera supuesto también importantes ingresos adicionales para Hacienda por concepto de intereses, al poder disponer de un cuantioso crédito de los contribuyentes -a muchos de los cuales habrá de devolvérseles, una parte una vez concluido el ejercicio fiscal- sin retribución.

Al margen de estas estimaciones, realizadas por extrapolación en base al importe total de las retenciones en años precedentes y a la distribución de cuotas del IRPF por tramos de renta de anteriores ejercicios (única forma de realizar estos cálculos, dada la ,absoluta falta de datos oficiales), los citados expertos fiscales no descartan una próxima revisión al alza de las escalas del citado impuesto.De hecho, Miguel Boyer, titular de Hacienda y Economía, anunció ante un Pleno de las Cortes que la presión fiscal en 1983 aumentaría un punto, y las modificaciones tributarias de diciembre no parecen alcanzar tal magnitud. El Gobierno, por otra parte, está estudiando una modificación al alza de las escalas del IRPF, que podría incluir en la ley de Presupuestos para 1983, y el PSOE ha denunciado en reiteradas ocasiones las deficiencias de la actual escala en los tramos de renta medios-altos y altos.

Falta de coherencia

Los criterios con que se había elaborado la tabla de retenciones en cuestión no parecen muy coherentes, a juicio de los expertos consultados, con la filosofia expresada semanas antes por el Gobierno, al presentar las modificaciones tributarias del decreto de 29 de diciembre sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, financiera y tributaria. Entonces se dijo del IRPF -basándose en el aumento de las deducciones por matrimonio e hijos- que se aumentaba la protección a la familia. Ahora, en la nueva tabla, hay una cierta penalización -a veces caprichosa (en algunos tramos sube la retención por el noveno hijo y por el undécimo hijo, pero no por el décimo)- hacia las condiciones familiares.

Los citados expertos no entran en la, conveniencia o no de un tratamiento fiscal privilegiado en función del número de hijos, ya que en muchos países no existe tal discriminación, pero insisten en la incoherencia entre la filosofía expresada en el decreto de diciembre y la que revela la nueva tabla de retenciones.

Los incrementos de las retenciones en los términos expresados en la tabla adjuntano cabría englobarlos en cuatro grandes grupos de rendimientos anuales: primero, hasta 450.000 pesetas; segundo, de 450.000 pesetas a un millón; tercero, más de un millón y menos de cuatro, y cuarto, más de cuatro millones.

- Hasta 450.000 pesetas de rendimiento anual no ha habido incremento alguno sobre las retenciones vigentes en el' IRPF

- Más de 450.000 pesetas de rendimiento anual significan, con la nueva tabla, distintos incrementos en la retención por hijos, pero no para solteros y casados. Así, aumenta un punto de retención por el segundo hijo para el contribuyente con más de 450.000 pesetas y menos de 500.000 de rendimiento anual. Para quien supere las 500.000 y no alcance las 550.000 pesetas, el aumento de un punto de retención se sitúa en el tercer hijo. Sin embargo, quien tenga rendimientos superiores a 550.000 y no supere las 650.000 pesetas no sufre incremento sobre sus retenciones actuales. Quien supere las 650.000 y no llegue a las 700.000 pesetas verá incrementada en un punto la retención por su quinto hijo; quien no alcance las 750.000 pesetas tendrá, por primera vez, retención por su sexto hijo, y quien supere esta cifra, pero no alcance las 800.000 pesetas, verá incrementada en un punto la retención que se le hacía por su sexto hijo y se le retendrá por primera vez por el séptimo Para quien supere las 800.000 pesetas y no rebase las 900.000, las retenciones se le inérementan en un punto para los hijos sexto y séptimo, y se le retiene por primera vez por el octavo. Quien supere esta cantidad y no llegueal millón de rendimiento anual verá incrementada en un punto la retención por el octavo hijo y le retienen, por primera vez, por el noveno y el décimo.

- Más de un millón de rendimiento anual y menos de cuatro suponen, con la nueva tabla, un incremento de un punto sobre las retenciones actuales, independientemente de la situación familiar del contribuyente, aunque desaparecen en todos los casos las retenciones actuales por los hijos duodécimo, decimotercero y decimocuarto.

- Más de cuatro millones de rendimiento anual y menos de ocho suponen, con la nueva tabla, fuertes incrementos progresivos (hasta ahora, a partir de cuatro millones todos los contribuyentes tenían una retención del 23%). La nueva tabla eleva en un punto la retención por cada tramo de 500.000 pesetas entre los cuatro millones y los seis millones. Y en un punto más, por tramos de millón de pesetas, entre los seis millones y los ocho millones de rendimiento. De este modo, el contribuyente con rendimientos de ocho millones ve incrementada su retención desde un 23% hasta un 30%.

- Más de ocho millones de rendimiento anual, cualquieraue sea la cifra final, tendrán retenciones del 30%.

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