El Supremo confirma la condena de los autores del asesinato de Bultó
La sala segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que afecta a los autores del asesinato del industrial catalán José María Bultó. La sala ha dictado nueva sentencia para otro de los procesados, Fernando Jabardo, al que ha absuelto de complicidad en el asesinato, pero lo ha condenado por colaboración con bandas armadas. Esta decisión del Supremo supone para Jabardo la reducción de la pena de doce años y un día, impuesta por la Audiencia nacional, a seis años de prisión menor.La sentencia del Tribunal Supremo desestima los recursos presentados por los dos autores del asesinato, Francisco Javier Barberá y Antonio Mesegué Más, miembros del denominado Ejército Popular Catalán, por lo que queda confirmada en estos extremos la sentencia de la Audiencia Nacional que los condenó a treinta años por el asesinato y a seis años y un día por tenencia llícita de armas y explosivos.
El Tribunal. Supremo rechaza la supuesta base constitucional del recurso, y señala que la presunción de inocencia opera cuando no hay prueba ninguna de culpabilidad del reo, pero no cuando, habiéndola, se pretende que se ha interpretado erróneamente.
En lo que respecta a la solicitud de aplicación de la amnistía, la sentencia recuerda que hay que distinguir entre la reivindicación de las autonomías regionales dentro de la unidad nacional, y la reivindicación de la independencia, que es la que practicaba el grupo en que estaban integrados los procesados. "El propósito de secesión o independencia de Cataluña por la fuerza de las armas o mediante un ejercito revolucionario", sentencia el alto tribunal, "no puede estar en el ámbito de la citada ley de amnistía.
Sobre la conducta de Jabardo, la sentencia ahora recurrida precisa que Jabardo suspendió sus relaciones con la organización terrorista con anterioridad a la ejecución de los hechos que derivaron en el asesinato de José María Bultó.
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