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La anulación judicial de un acuerdo municipal puede alterar el proceso autonómico balear

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Mallorca ha declarado la nulidad, por no ajustarse a derecho, del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de San Antonio Abad (Ibiza) por el que se aprobó la iniciación del proceso autonómico para las islas Baleares, que podría experimentar ahora un cambio drástico.

El acuerdo era básico para que la iniciativa autonómica fuera solicitada por dos tercios de los ayuntamientos del archipiélago y que representaran el 50% de los censados.La anulación del acuerdo y lo dispuesto en el artículo 143 de la Constitución, por el cual la iniciativa autonómica debe ser ejercida en los seis meses inmediatos a su inicio, por el órgano territorial que la impulse, crea una situación de vacío que podría llevar a que las islas obtengan su estatuto por el artículo 144 de la Constitución. Este establece que las Cortes tienen competencia para, por ley orgánica, aprobar de modo especial un estatuto de autonomía. Sería el primer caso en que fuera necesario que las Cortes tomasen la iniciativa.

La sentencia anula la sesión del 6 de noviembre en la que el concejal socialista Manuel Mateu Babot era todavía miembro del consistorio. Afirma que el 22 de octubre no hubo votación, y desestima el recurso presentado por parte de los demandantes, para aprobar como legal la decisión del alcalde de dejar sobre la mesa el punto referido a la iniciativa autonómica.

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