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Juicio por despido de una maestra, acusada de no ser católica

La independencia religiosa de los maestros que trabajan en escuelas de titularidad religiosa es el tema central que enfrentará el próximo martes en Barcelona ante un tribunal a Pilar Sala, joven maestra de veinticinco años, y a la escuela Lestonnac de Mollet del Vallès (Barcelona), propiedad de las monjas de la Compañía de María. Por vez primera se plantea ante la Magistratura de Trabajo un despido en el sector de la enseñanza, cuya causa alegada de manera expresa es la condición de no católica de una maestra. Las escuelas catalanas Lestonnac, de la Compañía de María, están consideradas entre las que imparten una educación progresista.

Pilar Sala ingresó hace dos años en la escuela Lestonnac de Mollet del Vallés, localidad industrial próxima a Barcelona. Desde entonces fue tutora del primer curso de Enseñanza General Básica y tuvo a su cargo 36 niños de seis y siete años, sin que entre sus clases figurara específicamente la asignatura de religión, al igual que en el resto de las aulas del primer ciclo de EGB. "Cuando entré en la escuela, nadie me preguntó si era católica, sino que únicamente se me pidió el título de maestra", manifiesta. "Intenté, durante dos cursos, desde una perspectiva de formación global, educar a los niños dentro de unas'coordenadas éticas y de moralidad humana".Al iniciarse el curso escolar de 1981-1982, la directora religiosa de la primera etapa de EGB de la escuela pidió expresamente a la maestra que definiera sus ideas religiosas. "Le contesté que no soy creyente, pero que respeto las ideas religiosas católicas del centro". Al finalizar el curso, la misma directora comunicó verbalmente a Pilar Sala que la escuela ya no volvería a necesitarla porque no era católica.

Pocos días más tarde, el centro remitió una carta de despido a la maestra, en la que se afirmaba: "Queda rescindida su relación laboral por su disconformidad con las normas de la dirección del centro, creando con ello fricciones que deterioran los criterios que presiden esta institución". El escrito alegaba, asimismo, que la maestra "desarrolla su actividad profesional en forma que no se ajusta al ideario que rige en nuestro centro".

La Compañía de María posee varias escuelas de enseñanza básica en Barcelona. El centro de Badalona está integrado en el Colectivo de Escuelas para la Escuela Pública Catalana (Cepec), grupo con vocación de integrarse en la enseñanza pública. La educación impartida en el centro de Barcelona de Lestonnac está considerada en los medios de enseñanza catalanes como progresista. El centro de Mollet, que despidió a esta maestra, cuenta, además, con un aula de enseñanza profesional y quince clises de enseñanza básica Su presupuesto está subvencionado en un 75% por la Generalitat de Catalunya y entre los veinticinco maestros de la escuela sólo ocho son monjas. Los alumnos de EGB del centro, mixto desde hace tres años, pertenecen a capas sociales medias y bajas y pagan mensualmente, en esa etapa, mil pesetas por la escolarización.

La Constitución y el Estatuto de Centros

La libertad ideológica proclamada por la Constitución y la titularidad del ideario de los centros de enseñanza, atribuida por el Estatuto de Centros a la propiedad de las escuelas, ofrecen al juicio por el despido de Pilar Sala unas expectativas que van más allá del tema individual. La demanda planteada solicita, además, la de claración de "nulidad radical del despido", teoría recientemente elaborada por el Tribunal Constitucional que institucionaliza la readmisión obligatoria, sin posibilidad de indemnización, en los despidos producidos con imposibilitación del ejercicio de derechos y libertades fundamentales reconocidos por la Constitución.Trece maestros de la escuela Lestonnic de Mollet del Vallès han dirigido un escrito a los padres de los alumnos en el que se oponen "al despido de un trabajador sólo por motivos ideológicos". La dirección de la escuela justifica el despido afirmando que un profesor que no es católico no está en condiciones de cumplir con el ideario del centro, cuya interpretación es competencia exclusiva de la Compañía de María.

Los maestros afirman que el hecho afecta a todo el profesorado y a los padres. Recuerdan que el reglamento interno de la escuela no exige la identificación religiosa de los enseñantes, sino tan sólo "la voluntad de colaborar eficazmente en la tarea educativa y comportarse de acuerdo con los principios educativos del ideario". Los maestros afirman que Pilar Sala "no ha efectuado manifestaciones delante de los niños que vayan en perjuicio de su formación religiosa".

Los acuerdos de España con la Santa Sede sobre enseñanza y asuntos culturales, suscritos en 1979, establecen, por otra parte, en el pacto 3º: "Nadie será obligado a impartir enseñanza religiosa". Las normas de derecho sustantivo a analizar se extienden, además, a la interpretación de las libertades constitucionales de la persona y al texto del Estatuto de los Trabajadores. Las subvenciones estatales a las escuelas religiosas y el hecho de que cierto número de éstas, entre las que se encuentran en Cataluña las de la Compañía de María, tengan vocación de enseñanza prgresista y, en algunos casos, voluntad de integrarse en la escuela pública, completan las coordenadas de este conflicto sin precedentes.

Entre los puntos a debatir en el juicio, fuentes jurídicas señalaron a este diario el hecho de que la mayor parte de las escuelas privadas son católicas y la enseñanza privada constituye la mitad de la enseñanza impartida en España. La teoría de que los enseñantes no católicos no pueden impartir clases en un centro católico, llevaría, por aplicación del criterio de igualdad de oportunidades, a afirmar que los maestros católicos no podrían trabajar en otro tipo de centros. La misma teoría llevaría a la expulsión de niños de unos centros u otros por ser o no católicos.

Pilar Sala quiere volver a la escuela Lestonnac. "Creo que en el fondo es un problema de prejuicios, más que una crítica a mi trabajo. El centro conoce mi respecto a su ideario. De la misma forma debería respetarse nuestra independencia ideológica personal".

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