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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Guillotina para la LOAPA

SI ALGO necesita el proyecto de Ley Orgánica para la Armonización del Proceso Autonómico es un amplio debate que permita a los ciudadanos formarse ideas claras y distintas sobre al contenido y a las implicaciones de ese discutido texto. Sin embargo, el partido del Gobierno y el PSOE no sólo no han dado facilidades para llevar a cabo esa labor de pedagogía política, sino que han aplicado, a lo largo de las sesiones de la Comisión Constitucional del Congreso, criterios restrictivos a las intervenciones de las minorías catalana y vasca.Tal vez la guillotina con la que el presidente Attard ha cercenado de manera implacable la defensa de las enmiendas presentadas por Convergencia y el PNV al texto consensuado de centristas y socialistas persiguiera una aceleración de los trámites, a fin de conseguir que el polémico proyecto de la reconducción autonómica, solemnemente pactado entre Leopoldo Calvo Sotelo y Felipe González a finales de julio de 1981, pudiera ser aprobado por la Cámara Baja antes de que concluya el actual período de sesiones. Las incertidumbres en tomo a la disolución-anticipada de las Cortes Generales, que enviaría a la LOAPA al limbo donde habitan los proyectos de ley a medio gestar, se hallan posiblemente en el trasfondo de las prisas y los modos con que han sido conducidas las discusiones en la Comisión. Mucho tememos, sin embargo, que esa razón, en sí misma incompatible con los buenos usos parlamentarios, no sea tampoco la única. Porque también parece existir, por parte de UCD y el PSOE, el propósito de poner sordina a las voces discrepantes de las minorías y de no permitir que la clarificación de las cuestiones debatidas deshaga la confusión que hacen actualmente casi incomprensible para la mayoría de los ciudadanos la materia discutida.

La necesidad de ese debate, que centristas y socialistas parecen querer eludir o sofocar, es tanto mayor cuanto que buena parte de las discrepancias de catalanes y vascos se refieren a las interpretaciones que el Gobierno y la mayoría consensuada en el Parlamento puedan hacer en el futuro de algunos artículos ambiguos e imprecisos del actual proyecto. Los recelos de las minorías se hallan justificados por la sensación de que la LOAPA trata de satisfacer demandas extraparlamentarias, se propone recortar por la puerta trasera los Estatutos de Sau y de Guernica y equivale en la práctica a una modificación del Titulo VIII de la Constitución que incumple los imprescindibles requisitos de reforma constitucional establecidos en nuestra norma fundamental. Algunos líderes centristas y socialistas, menos discretos o más sinceros que sus compañeros, no han hecho sino alimentar esas sospechas al declarar que la única alternativa a la LOAPA sería la reforma constitucional de ese Título VIII. Por lo demás, la irritación de los nacionalistas catalanes y vascos se acrecienta por el hecho de que el desbordamiento del proceso autonómico fue responsabilidad mayoritaria de la UCD y el PSOE, que en su día manipularon con fines electorales los agravios comparativos respecto a Cataluña y el País Vasco de otros territorios españoles. Lo que se necesitaba reconducir no eran los Estatutos ya aprobados sino la estrategia autonómica de centristas y socialistas, los cuales, sin embargo hacer pagar los platos rotos de sus anteriores grescas (la última, en Valencia) a las instituciones de autogobierno que vienen funcionando desde marzo de 1980.

Algunas cuestiones previas dan plena razón en la polémica a las minorías catalana y vasca. La LOAPA no puede buscar como percha justificadora el párrafo 3º del artículo 150 de la Constitución, ya que la facultad para "dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las Comunidad Autónomas, aun en el caso de materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general" exige, obviamente, la previa existencia de esas disposiciones normativas susceptibles de armonización y no puede adelantarse fantasmagáricamente a su nacimiento o ampliarse a las competencias los Estatutos actuales o futuros. Tampoco parece pertinente que la proyectada ley tenga caracter orgánico, ya que el artículo 81 de nuestra norma fundamental dice textualmente que son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución". Pero seguramente lo más grave es que la eventual incidencia de la LOAPA sobre los Estatutos de Sau y de Guernica entraría en colisión directa con los mecanismos de reforma establecidos ambos textos y con el artículo 152 de la Constitución.

Los Estatutos tramitados por la vía del artículo 151 tuvieron una complicada gestación, en la que intervinieron sucesivamente la Asamblea de Parlamentarios, la ,Comisión Constitucional del Congreso, un referendum popular y la ratificación de las Cortes generales. El elevado rango de los Estatutos, subordinados a la Constitución pero superiores a las leyes ordinarias u orgánicas aprobadas por las Cortes Generales, queda nítidamente reconocido por el artículo 152 de nuestra norma fundamental al establecer que, una vez sancionados y promulgados, "solamente podrán ser modificados mediante los procedimientos en ellos establecidos y con referéndum entre los electores inscritos en los censos correspondientes". ,

En el actual estado del debate, desarrollado por los centristas y socialistas con una críptica jerga, los ciudadanos sólo saben a ciencia cierta que las minorías catalana y vasca afirman con rotundidad que la LOAPA recorta sus Estatutos, que la Comisión Constitucional del Congreso les ha impedido argumentar sus posiciones y quelanto el partido del Gobierno como el PSOE se disponen a poner-en marcha la apisonadora de su desahogada mayoría parlamentaria para imponer un proyecto de ley que, según sus inconvincentes declaraciones oficiales, no cercena competencias a las instituciones autonómicas.

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