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La CEA puede seguir su campaña

( ... )Vedar o incluso limitar el derecho a manifestarse políticamente ante unas elecciones a una organización empresarial legalmente constituida fue públicamente interpretado como decisión insostenible a la vista de la Constitución.Nos parece particularmente acertada y plausible la resolución de la Audiencia Territorial de Sevilla. Y vemos en ella la prueba de cómo es fundamental el papel que corresponde al poder judicial independiente, en las democracias, para garantizar el ejercicio de los derechos. Ninguna junta electoral es parte del poder judicial. Es posible, por ello, que sus decisiones sean objeto de recurso y resulten revocadas o suspendidas en su efectividad, como ha ocurrido.

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