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CONSUMO

El Estatuto del Consumidor Vasco, pendiente del fallo del Tribunal Constitucional

Los consumidores vascos están a la espera de que el Tribunal Constitucional emita su fallo sobre las impugnaciones que el presidente del Gobierno, Leopoldo Calvo Sotelo, presentó al Estatuto del Consumidor Vasco. Las impugnaciones presentadas por el Gobierno de Madrid dejan en suspenso el desarrollo de este estatuto, ya que afectan a once de sus artículos, lo que supone la revisión del 30% de su contenido, que cuenta con un total de 37 artículos.

La sentencia del Tribunal Constitucional tendrá que ser dictada antes de cinco meses por lo que en medios de los consumidores vascos se esperan conocer los resultados antes de las vacaciones de verano. Antonio Cancelo, fundador de la cooperativa de consumidores vasca Eroski, ha declarado que no son capaces de entender el motivo de estas impugnaciones, ya que Ios derechos objeto del recurso no han sido inventados en Euskadi, sino que llevan años siendo utilizados en los países más adelantados culturalmente".Lo cierto es que los artículos impugnados afectan a cuatro de los cinco derechos fundamentales del consumidor: el derecho a la protección de la salud y a la seguridad, el derecho a la protección de los intereses económicos, a la información y a la educación y a la protección jurídica y reparación de daños. Solamente el derecho a crear organizaciones se maatiene como tal en las impugiíaciones presentadas por el Gobierno.

"Lo que se niega al Estatuto del Consumidor Vasco por parte del Gobierno central", dicen los responsables de Eroski, "es de tal magnitud, resulta tan imprescindible para ofrecer un rostro mínimamente presentable ante los países de la Comunidad Ecónomica Europea, que Calvo Sotelo, mal que le pese, no tendrá más remedio que recogerlo en el articulado del Estatuto del Consumidor, que con los votos de su partido tendrá que aprobar,antes de las elecciones, el Parlamento español".

Por otra parte, la defensa del consumidor no se reserva como materia exclusiva del Estado, tal y como se puede deducir del contenido del artículo 149 de la Constitución. Por el contrario, y haciendo uso del criterio de que las materias no atribuidas expresamente al Estado por la Constitución podrán corresponder a las comunidades autónomas, el Estatuto de Autonomía del País Vasco, en su artículo 10, punto 28, define como competencia exclusiva la defensa del consumidor.

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