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Piden el procesamiento de un médico que dictaminó por teléfono la muerte de un enfermo

En la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona se vio ayer la apelación contra el auto de conclusión del sumario, decidido por el juzgado de instrucción sobre el caso de Antonio Jiménez Cabanero, que murió el 3 de enero de 1977 sin haber recibido la adecuada asistencia médica, según el representante de sus familiares, Francisco Arnau.

Ese día, Antonio Jiménez llegó a su domicilio hacia las ocho de la tarde, sintiéndose enseguida muy enfermo. Un vecino llamó al ambulatorio de la Seguridad Social más próximo, el de la calle Numancia, pidiendo que se hicieran cargo del enfermo. La telefonista le preguntó sucesivamente el nombre, la edad -tenía 25 años- y el número de afiliación a la Seguridad Social. Se le dice que desde el mismo ambulatorio avisan a la Cruz Roja para que envien una ambulancia al domicilio del enfermo y poder transportarle al centro médico.Cuando llegó la ambulancia cuarenta minutos más tarde, el enfermo había fallecido, al me nos eso pensó el conductor de la ambulancia que llegó sin acompañamiento médico. Fue entonces cuando el conductor se puso en contacto con el médico de guardia quíen sin mayores averiguaciones aceptó el hecho de su muerte, indicando al conductor que se pasase a recoger el impreso correspondiente al traslado de un cadáver.

Conducta ilegal

Aquella noche el médico jefe de guardia era Juan Timoné Vidal "y su comportamiento", según expuso ante la Sala el letrado Francisco Arnau, miembro del colectivo jurídico Darp, además de representante legal de la familia, "le descalifica para el ejercicio legal de la medicina porque ha infringido el código penal, pero también el juramento hipocrático y la declaración de derechos humanos". En opinión del letrado Arnau, la vida de Jiménez Cabanero podría haberse salvado si hubiera recibido a tiempo asistencia médica. El abogado estima igualmente que la responsabilidad civil subsidiaria corresponde a la Seguridad Social.De la autopsia ulteriormente practicada se dedujo que Antonio Jiménez Cabanero había fallecido de un colapso cardíaco.

A pesar de todo, el Juzgado de Instrucción decidió la conclusión del sumario contra la que se presentó apelación y cuya vista se inició ayer.

El fiscal, por su parte, se adhirió en su intervención ante la Sala, a la petición del abogado en el sentido de solicitar la práctica de nuevas diligencias para que en el caso de que aparezcan indicios de imprudencia en la conducta del citado médico, sea éste procesado.

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