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El Gobierno vasco quiere crear una entidad autónoma de energía dentro del 'paquete' de negociaciones sobre Lemóniz

El control público vasco de Lemóniz, una eventual participación en los beneficios generados por la central, la intervención en el desarrollo y la distribución de¡ gas de Bermeo, la posible entrada en la propiedad accionarial en Petronor y la creación de una denominada Entidad Pública Vasca de Energía (EPVE), encargada de coordinar todas estas áreas, serían basicamente las exigencias que el Gobierno vasco habría planteado en un primer momento como condiciones para sacar adelante el problema de la puesta en marcha de la central de Lemóniz.

Aunque algunas de estas peticiones han sido rechazadas de plano por el Gobierno central, en el momento en que fueron presentadas hace ya varios meses, la reciente negativa estatal a una consulta popular parece haber resucitado la oportunidad de alguna de ellas, según señalan medios indirectamente relacionados con las actuales negociaciones a tres bandas (Iberduero-Administración central-Administracion vasca) que ayer se reanudaron sobre el problema.Y por eso, aunque no existe prácticamente ningún desacuerdo político sobre la necesidad de poner en marcha cuanto antes la central de Lemóniz, subsisten todavía amplias diferencias entre las partes involucradas sobre cómo instrumentalizar algunas de las propuestas vascas, en parte porque algunas de ellas pueden ser de dudosa constitucionalidad o simplemente no acordes a la legalidad vigente.

Aunque en fuentes de la Administración central se han negado a comentar sobre las propuestas vascas, este periódico ha podido saber que, al inicio de las conversaciones entre Madrid y Vitoria, el planteamiento de la Administración autonóma pasaba, a grandes rasgos, por la transferencia de Madrid a Vitoria de responsabilidades muy concretas en el área energética, que prácticamente suponían la creación de una superestructura regional paralela a la estatal.

En este sentido, el Gobierno vasco exigía, y pide todavía, la creación de una denominada Entidad Pública Vasca de Energía (EPVE) que, aparte de contar con jurisdición concreta en el sector energético, dispusiera de un respaldo patrimonial, materializado fundamentalmente en la central de Lemóniz y en la refinería que la sociedad Petronor posee en Somorrostro (Vizcaya). Esta última cuestión, que el Gobierno vasco sentenciaba que se simplificaría con la cesión de las acciones que el Instituto Nacional de Hidrocarburos (a través de Campsa) posee en la empresa, fue rechazada por Madrid.

La segunda cuestión, sin embargo, resultó más complicada y, aunque también fue considerada como improbable, fue descartada, desde el principio, por la empresa propietaria de la central, Iberduero. Este asunto, no obstante, ha vuelto a surgir de nuevo en las negociaciones, sobre todo a raíz de la discusión sobre la tarifa que la empresa de gestión -o de "control público"- de Lemóniz percibirá como pago por el desempeño de sus funciones.

En la misma línea, los negociadores vascos proponen que la sociedad gestora de Lemóniz perciba, como parte de ese precio, todo el beneficio de explotación de la central, de la que se deducirían exclusivamente, para su pago a la propietaria Iberduero, los costes de inversión y financieros en los que Iberduero ha incurrido en la construcción de las instalaciones.

Los aspectos legales

Las dificultades para superar los planteamientos económicos derivados del problema no han sido los únicos ni los más pequeños. En esta línea, varias propuestas vascas plantean a su vez serios interrogantes legales, sobre todo los que hacen referencia a su interés por controlar el gas natural de Bermeo e, incluso, en lo que hace referencia exclusiva a la sociedad de gestión de Lemóniz. Así, es muy posible que la solución final de Lemóniz pueda exigir, en caso extremo, la promulgación de alguna ley, lo que aún dificulta más el proceso de negociaciones entre las partes .implicadas y, a la vez, retrasar aún más la deseada puesta en marcha de la central.

En principio, la fórmula de gestíon de Lemóniz por una sociedad distinta a la propietaria, está prevista en la ley de Energía Nuclear de 1964, en la que específicamente se contempla la figura de "gestión contratada". As¡, la sociedad propietaria podría contratar con la entidad vasca a crear, la EPVE, la gestión y explotación de Lemóniz, con el pago subsiguiente de una cantidad a negociar por el desempeño de tal función.

Pero aquí puede surgir un segundo interrogante. Aparentemente, esta previsión legal puede entrar en contradicción con la ley del 22 de abril de 1980, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), que específicamente establece en su artículo primero que el Consejo es el único organismo competente en materia de seguridad nuclear y protección radiólogica en todo el Estado.

Si bien es cierto que la misma ley contempla, en su disposición adicional tercera, el traspaso a las comunidades autónomas del "ejercicio de funciones que le estén atribuidas", la ley es clara a la hora de hablar de responsabilidades concretas, tales como el desarrollo de las pruebas previas y periódicas, las paradas de emergencia e incluso sus sistemas de seguridad y, protección de la zona. En otras palabras, sólo el CSN, o las personas por él encargadas, podrían decidir cuándo y por qué se para la central y cuándo ésta debe ponerse en marcha.

Está claro, según algunos expertos, que la transferencia de una función como ésta podría crear serios problemas, especialmente cuando se trata de dilucidar las necesidades energéticas concretas en un momento o si éstas priman sobre intereses de otro tipo. En otras palabras, lo que está en liza es quién tiene el último control para apretar el mando de puesta en marcha de la central o si este puede convertirse en casos extremos en un elemento de presión.

El gas natural

Otro problema no menos importante es el control del gas natural que, aparentemente, existe en la costa vasca. Aquí la ley es bastante clara y, concretamente, especifica que el Estado es el dueño y señor de los recursos naturales que existen en el territorio nacional y sus aguas jurisdiccionales. La propuesta vasca, sin embargo, habla, al respecto, del control del mismo y de su uso y distribución posterior.

Pese al riesgo evidente que existe de que este tema se mal interprete, parece claro que el gas natural de Bermeo, si existe, sólo puede ser usado dentro de los límites que marca la propia infraestructura gasista que existe o que se puede construir en el país. En tal sentido, la red de gasoducto española es bastante limitada y beneficiará, primordialmente, al País Vasco. Por eso el llegar a acuerdos sobre distribución del citado gas en la región no parece difícil, especialmente cuando parece existir un consenso político para que la red de distribución de gas natural se reparta entre todos los intereses involucrados, incluidos los autonómicos y las comunidades locales.

Un último aspecto de las negociaciones se refiere a la elaboración del plan de emergencia que, últimamente en el debate del Parlamento vasco sobre Lemóniz, se exigió como condición previa para la puesta en marcha de la central. La elaboración de este programa, sin embargo, no debería plantear grandes problemas y todas las partes coinciden en que puede estar listo para cuando la central comience las pruebas en frio en un plazo relativamente corto.

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