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Conclusiones definitivas del fiscal del proceso del 23-F

Penas solicitadas

El fiscal togado del Consejo Supremo de Justicia Militar, en su escrito de acusación, pide las siguientes penas para los 33 implicados en el intento de golpe de Estado del 23 de febrero de 198 1. Entre paréntesis se indican las penas solicitadas en el escrito de conclusiones provisionales, que eran superiores para veintitrés de los procesados, mientras se mantienen para los otros diez:- Treinta años de reclusión para el teniente general Jaime Milans del Bosch y Ussia, el general de División Alfonso Armada Comyn y el teniente coronel de la Guardia Civil Antonio Tejero Molina.

- Veinte años de reclusión al general de División Luis Torres Rojas.

- Quince años de reclusión a los coroneles Diego Ibáñez Inglés, José Ignacio San Martín López y Miguel Manchado García, y al comandante Ricardo Pardo Zancada.

Más información
El fiscal Militar mantiene las mismas penas para los principales encartados en el intento de golpe de Estado

- Doce años de prisión al comandante José Luis Cortina Prieto.

- Diez años de prisión al teniente coronel Pedro Más Oliver y al paisano Juan García Carrés (antes, doce años a ambos).

- Ocho años de prisión a los capitanes de la Guardia Civil José Luis Abad Gutiérrez (antes, doce años), Vicente Gómez Iglesias (antes, ocho años) y Jesús Muñecas Aguilar (antes, doce años).

- Siete años de prisión a los capitanes Carlos Alvarez Arenas y Pardiña (antes, diez años) y José Pascual Gálvez (antes, diez años).

Seis años de prisión a los capitanes de la Guardia Civil Carlos Lázaro Corthay (antes, ocho años), Juan Pérez de la Lastra Tormo (antes, diez años), Enrique Bobis González (antes, ocho años) y Francisco Acera Martín (antes, ocho años); al capitán de Infanterla Francisco Dusmet García-Figuera (antes, ocho años) y al capitán de Artillería Juan Batista González (antes, ocho años).

- Cinco años de prisión al capitán de Intendencia José Cid Fortea (antes, seis años) y al teniente de la Guardia Civil César Alvaréz Fernández (antes, seis años).

- Cuatro años de prisión al capitán de Navío Camilo Menéndez Vives (antes, ocho años) y a los tenientes de la Guardia Civil Jesús Núñez Ruano (antes, ocho años), Pedro Izquierdo Sánchez (antes, cinco años), Santiago Vecino Núñez (antes, cinco años), Vicente Ramos Rueda (antes, ocho años) y Manuel Boza Carranco (antes, ocho años).

- Tres años y un día de prisión a los tenientes de la Guardia Civil Vicente Carricondo Sánchez (antes, seis años) y Jesús Alonso Hernáiz (antes, seis años).

- Un año y seis meses de prisión al capitán de la Guardia Civil Francisco Ignacio Román (antes, seis años).

Añade el fiscal togado en su escrito de acusación que estas penas llevarán consigo la condena a las siguientes accesorias:

- Las de reclusión (superiores a doce años) llevarán consigo la de pérdida de empleo y la inhabilitación por el tiempo de la condena.

- Las de prisión que excedan de tres años llevarán consigo la separación del servicio para los condenados militares y la suspensión de todo cargo público, profesión, oficio y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena.

- La pena de prisión de un año y seis meses llevará consigo la suspensión de empleo y la de cargo público, profesión, oficio y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena.

La pena de prisión de diez años al paisano procesado Juan García Carrés llevará como accesoria la suspensión de todo cargo público, profesión, oficio y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena.

Los procesados que participaron en el asalto al Congreso deberán abonar, por partes iguales y solidariamente entre sí, por sus cuotas, por vía de reparación y en concepto de responsabilidades civiles, la cantidad de 1.076.454 pesetas

Finalmente, el fiscal togado dice que, de acuerdo con el artículo 228 del Código de Justicia Militar, las penas impuestas llevarán consigo la pérdida de los efectos que provengan del delito y de los instrumentos con que se hubiera ejecutado que no pertenezcan a terceros no responsables.

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