¿Cuándo se es persona?
Cuando se afronta el tema del aborto se afronta un tema plurifacético e interdisciplinar. A priori puede decirse que sólo en el diálogo y confrontación de todos los especialistas y de todos los puntos de vista se encontrará una solución al problema.En EL PAÍS del domingo 13 de diciembre de 1981, el profesor Javier Gafo abordaba el tema haciendo incursiones en diversos campos del saber. Hablaba a veces como biólogo y a veces como creyente. Pero también como antropólogo, filósofo o moralista. Y es en este campo donde yo observo que su reflexión no ha hecho más que empezar.
¿Desde cuándo deviene una auténtica persona humana el ser que se está gestando en la madre? La pregunta puede esclarecerse desde distintos puntos de vista, pero siempre en último término llevará implícita una concepción filosófico-antropológica, de la persona humana, y la respuesta depende esencialmente de esa concepción. Tengo el presentimiento de que una reflexión desapasionada y serena de filósofos, antropólogos y moralistas sobre una determinada corriente del pensamiento personalista de nuestro siglo iluminaría decisivamente esta cuestión. Me refiero a la corriente personalista que representan pensadores como Martin Buber y Ferdinand Ebner, por no citar más que dos nombres. Toda la moral cristiana occidental, especialmente la católica, está fuertemente influenciada por estos pensadores.
A la consideración de los especialistas expongo algunos de los puntos fundamentales de la doctrina personalista a la que me refiero:
- No existe un yo personal si no es en relación a un tú y a un nosotros comunitario y social. Esa relación a otro y a otros es esencial y constitutiva del ser personal humano.
- El ser humano existe como tal cuando se le llama a la vida en el seno de una comunidad humana. Esa llamada de un tú despierta y crea la conciencia de un yo, es llamada creativa y constitutiva, filosóficamente hablando. La palabra y el amor o la aceptación y voluntad de que exista un nuevo ser es lo que crea el derecho del nuevo ser a la existencia.
- Para la teología cristiana, la responsabilidad de llamara la vida a nuevos seres corresponde a la comunidad, a la madre, la familia y la sociedad, que deciden, amando al nuevo ser, crear una nueva vida.
- Desde este punto de vista no tiene sentido hablar del derecho a la vida de un embrión con rasgos humanos, independientemente de la llamada comunitaria, de la llamada del tú, ya que existe esencialmente en relación a él.
- La llamada a la vida no es un acto instantáneo e irrevocable, sino una exigencia y una necesidad que puede verse afectada por las circunstancias de aquellos que responsablemente deciden tener un hijo. No puede ser nunca producto del azar, ni siquiera cuando así lo determinen procesos biológicos. La razón humana responsable, la pareja y la comunidad responsables, son las que deben humanizar los meros procesos biológicos e intervenirlos cuando exista una razón o motivo suficiente.
Las últimas reflexiones tocan principios de ética universalmente admitidos. El profesor Javier Gafo, antes citado, admite también que en el caso del embarazo que ponga la vida de la madre en peligro, y quizá en caso de violación, el aborto debería despenalizarse. Creo entender que esta mitigación jurídica o penal está influenciada por el principio ético de la «razón o motivo suficiente», a que antes me refería, aunque no sea invocado expresamente. Nadie puede demostrar que el feto tiene derecho a venir al mundo poniendo en peligro la vida de la madre. Sencillamente, la llamada y la respuesta a la vida no se da en un contexto de responsabilidad y justicia, y esto independientemente de que el feto sea incapaz de culpa. Es un sujeto sin capacidad de respuesta personal, ni culpable ni inocente, cuyo proceso de entrada en la vida puede verse negativamente afectado, pervertido, obligando a quienes un día libremente decidieron tener un hijo a decidir interrumpir el proceso para que éste vuelva a poder darse en un contexto justo y responsable. En muchos casos no ha habido ni siquiera esta decisión, y en algunos, una clara oposición (violación) por parte de la madre.
El profesor Javier Gafo hace que nos estremezcamos cuando evoca procedimientos abortivos que destrozan al ser humano en formación. Pero también nos estremecemos cuando pensamos en los millones de seres que, tras anidar en el útero materno, son expulsados con la sangre menstrual fuera de la madre. Es un espectáculo dantesco este de millones de personas perdidas así para el mundo. Que sea un hecho natural no lo hace menos trágico. Y quizá lo que sucede es que es algo muy humano.
También el caso de muerte en legítima defensa de nuestra vida y de la de nuestros seres queridos ilumina este pensamiento de que el derecho a la vida no es un derecho absoluto, sino relativo, en relación con la vida de las demás personas. Esta relatividad puede llevarnos a pensar que en un caso hay razón suficiente para negar el derecho a la vida (ciertos casos de abortos, legítima defensa ... ) y en otro no hay razón suficiente para hacerlo (pena capital, por ejemplo).
Julio P. Lópezes doctor en Teología Moral.
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