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Medida política contraria a la Ley Electoral

El cese político que el Partido Comunista de España quiere aplicar a cinco de sus concejales en el Ayuntamiento de Madrid es contrario a la vigente Ley de Elecciones Locales, de 17 de julio de 1978, en la que, en su artículo 11, puntos seis y siete, se contemplan como únicos supuestos que hacen perder la condición de cargo municipal los de fallecimiento, incapacidad o renuncia de un candidato proclamado electo, o que este dejara de pertenecer al partido que le presentó a las elecciones.Contrariamente al texto legal que regula las elecciones locales, la dirección del PCE entiende que los concejales comunistas de Madrid a los que se les retiró la confianza política del partido, se encuentran cesados de sus cargos, habida cuenta de que son los estatutos del partido los que contemplan la disciplina del mismo, y no la Ley Electoral. En este sentido, la mencionada ley, publicada en el Boletín Oficial del Estado del 21 de julio de 1978, mantiene en el ya citado artículo 11, apartado siete, que "si alguno de los candidatos electos dejare de pertenecer al partido que le presentó, cesará en su cargo", por lo que el hecho de que la dirección de un partido retire su confianza a sus representantes electos no significa, para la Ley, su cese.

Por otra parte, dicha expulsión sólo se puede producir en el Partido Comunista de España a través de sus agrupaciones. En este sentido, las distintas sanciones que se pueden aplicar a los militantes comunistas son, según sus propios estatutos marcan en el artículo 63, la amonestación, destitución del cargo de dirección, privación del derecho a ocupar funciones de responsabilidad por un plazo no superior a un año, suspensión temporal como miembro del partido, de seis meses a un año, como máximo y, por último, la expulsión del partido "en casos de extrema gravedad".

En el siguiente artículo, el 64, se expresa, sobre el método de adopción de sanciones, que serán "adoptadas por la agrupación correspondiente", por lo que la dirección del PCE tendrá que remitir, en todo caso, los expedientes disciplinarios oportunos a las agrupaciones de los distintos encausados, en el caso de que se pretenda la expulsión de los mismos del partido.

En todo caso, y siempre según los estatutos del PCE, los sancionados bajo cualquier supuesto podrán presentar recurso, en última instancia, ante la Comisión Central de Grarantías y Control, elegida por el congreso estatal del partido.

Aplicación estricta de la normativa electoral

Al mismo tiempo, expresa en este mismo artículo que "en caso de fallecimiento, incapacidad o renuncia de un candidato proclamado electo, la vacante será atribuida al candidato de la misma lista a quien corresponda".De otra parte, este periódico tiene constancia de la escrupolosidad jurídica con que el magistrado Mariscal de Gante, que preside la Junta Electoral provincial, atiene cualquier comunicación de un partido anunciado la expulsión de uno de sus miembros para que cese en el cargo público que ostente. En este supuesto, el referido magistrado estudia atentamente los estatutos del partido del que se trate, para comprobar la pureza de su aplicación.

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