El acusador privado en el "caso Almería" insiste en el careo entre pescadores y Guardia Civil
El abogado de la acusación particular en el caso Almería, Darío Fernández Alvarez, ha manifestado a EL PAIS su preocupación por la actitud adoptada por la Audiencia Provincial de denegar el careo solicitado por éste entre los guardias civiles procesados y cinco pescadores deportivos. «Con todos mis respetos, la sala ha limitado en la investigación una pieza fundamental, en mi criterio, en el conocimiento de los hechos, dada la situación de contradicción en testimonios, según es conocido», comentó Darío Fernández. De acuerdo con manifestaciones de los pescadores deportivos, en la madrugada del 10 de mayo, y mientras ardía el Ford Fiesta en el que viajaban los tres jóvenes fallecidos, intentaron prestar ayuda pero les fue comunicado por fuerzas de la Guardia Civil que se marchasen, puesto que ya habían sido evacuados los heridos.La sala, según consta en la resolución adoptada, reserva para la sesión oral los juicios valorativos al respecto, «y en esa fase pública», afirma Darío Fernández, «articularé ante el desarrollo de los testimonios y sus posiciones». En la resolución se afirma que la denegación no implica anticipar juicios sobre los testimonios controvertidos. «Si el juez y la sala», añade el abogado de la acusación particular, «justifican la denegación de determinadas diligencias, yo destaco desde mi ángulo de trabajo la ética y procedencia de mis peticiones, lo que, claro está, no implica que los criterios necesariamente hayan de ser coincidentes».
Por otra parte, el abogado de la acusación particular acaba de presentar también un recurso de reforma a la decisión adoptada por el juez especial que instruye el sumario, Angel Tortosa Pozuelo, de denegar una de las dos pruebas periciales solicitadas por Darío Fernández el pasado 10 de septiembre. En el recurso presentado se insiste nuevamente en la necesidad de que se lleve a cabo la reconstitución de los hechos ocurridos en la noche del sábado 9 de mayo al domingo 10, fechas en las que tuvieron lugar las muertes de Juan Mañas, Luis Cobos y Luis Montero mientras se encontraban detenidos por fuerzas de la Guardia Civil.
Las dos pruebas periciales solicitadas exigen, por un lado, la comprobación por dos peritos técnicos industriales y la colaboración de otro perito de la casa Ford (marca del vehículo en el que viajaban los tres jóvenes en el momento de producirse las muertes) de la temperatura que afectó al coche siniestrado y si la misma fue originada por el combustible que quedaba en el depósito del mismo. Por otra parte, la acusación particular solicitaba que esos mismos técnicos determinasen el tiempo que pudo haber transcurrido en la consumición de la gasolina y la altura alcanzada por las llamas.
La otra prueba pericial consistía en que los mismos peritos, con la colaboración de un tercer perito médico especialista de la Escuela Legal de Medicina de Madrid, pudiesen determinar si solamente como consecuencia de la consumición del volumen de gasolina se podía haber alcanzado un grado de combustión que hubiese hecho desaparecer parte de las extremidades superiores e inferiores de los cadáveres y por qué no otras partes del cuerpo.
Por último, la acusación particular solicitaba la reconstrucción itinerante de los hechos ocurridos aquella noche.
El juez especial ha accedido sólo a la primera petición y ha denegado las restantes.
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