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Se hace pública la lista de las empresas y marcas comerciales implicadas

En su reunión del pasado día 19, la comisión coordinadora entre los diferentes ministerios y órganos administrativos sobre el síndrome tóxico relacionado con la ingestión de aceites adulterados ha elaborado un informe sobre las empresas y marcas relacionadas con la comercialización de dichos, aceites, según ha difundido la agencia Efe.Las empresas son las siguientes: RAPSA, importadora, de San Sebastián, como distribuidora del aceite industrial ilícitamente desviado para consumo humano. Empresas comercializadoras: Raelca, SA, de Alcorcón (Madrid); Aguado del Prado, SA, de Cedillo del Condado (Toledo); Juan Antonio Pastor Ruiz, de Fuenlabrada de los Montes (Badajoz); Aceites Valencia, SA, de Masanasa (Valencia); Produe tos Químidos Salo mó, de Reus (Tarragona); Alabart Hermanos, de Reus (Tarragona); Producción y Consumo, de Tarazona (Zaragoza); Aceites Beamonte de, (Zaragoza); Florencio Feijó Sánchez, de Barcelona; Oleícola Toledana, S.A, de Cebolla (Toledo), y Jose Maria Abascal Romero, de Sevilla.

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Por otra parte, se, han comprobado irregularidades comerciales en otras dos empresas: Jorpi, SA, de Barcelona y Líquidos Ibéricos. SA, también de Barcelona. Y se encuentran sujetas a investigación, por existir indicios de haber comercializado aceite tóxico, otras dos empresas, ambas de Valencia: Sociedad Mediterránea de Industrias y Comercio, y Viuda de Marcelino Alamar, SA.

Las marcas de aceite tóxico son nueve: JAP, Pochi, Eureka, Prosol, Aceites Beamonte, Aguado del Prado, El Olivo, Banisol y RAEL. Además, se hace constar que RAPSA comercializaba además las siguientes marcas: Monri, Selmi, Raoli, Ramoli y Raelsol.

En la misma reunión, la comisión acordó difundir seis sugerencias para el consumidor: 1ª, consumir artículos debidamente envasados y etiquetados en comercio regular; 2ª, rechazar y denunciar los productos que no estén debidamente identificados; 3ª, desistir del consumo de productos caseros conservados en aceite si no se tienen garantías de su procedencia y calidad; 4ª no comprar a vendedores ambulantes o en mercadillos productos. que no estén debidamente envasados y etiquetados; 5ª, no adquirir ni aceptar botella o envase en los que esté alterado el cierre original, y 6ª, que sólo son válidas las listas y notificaciones oficiales de productos sospechosos elaboradas y difundidas por la Administración, a través de los medios de comunicación, debiendo rechazarse cualquier otra información.

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