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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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Madrid, un proceso autonómico residual

De todas las operaciones políticas posibles que se refieren a organización de las estructuras del poder, ninguna hay tan difícil como la transformación de un Estado unitario en Estado plural o federativo. La dificultad radica, fundamentalmente, en que el cambio va contra la inercia de lo establecido y ha de romper antiguos prejuicios y viejos, cuando no viejísimos, modelos de organización económicos y administrativos.Desde la identificación, por lo común caprichosa, entre nación y forma de Estado, de la que nacen temores y desconfianzas respecto de la integración de la comunidad nacional, hasta la redistribución de la Hacienda pública, pasando por la necesidad de replantearse el concepto clásico de soberanía. Este último punto es de capital importancia, porque la imagen y los actos del Estado en el orden internacional -extra corpore- conservan un carácter unitario que no tienen en el orden interno -intra corpore- en los Estados de estructura plural o federativa. Se produce así una visión contradictoria del Estado a la que es necesario acostumbrarse, ya que la contradicción es sólo aparente y sin virtualidad.

Autonomías de segundo grado

En el orden interno, en los ensayos de conversión de la unidad a la pluralidad ocurre a veces -así en el caso español- que comunidades que están integradas con carácter de nacionalidad en el Estado han expresado por referéndum la voluntad popular de aceptar el autogobierno autonómico, con lo que se perfila una autonomía de segundo grado, cuyo ámbito la Constitución no define exhaustivamente, aunque lo enmarca en la subordinación respecto de la soberanía de primer grado. Es evidente que se establece de este modo una relación que no encaja en el concepto de soberanía que formuló Bodin.

Por lo que se me alcanza, cuando en tiempos del general Franco resurgió el problema de las autonomías, estaba definido principalmente por el peso de la opinión pública de Euskadi, Cataluña y Galicia, cuyas pretensiones amenazaban la conveniente unidad de criterio respecto de la transición y asentamiento de la democracia. Se trataba de una opinión que, por razones que procedían a veces de la propia dinámica de los hechos, se extendió con homogeneidad de ritmos y pretensiones a todas las regiones del territorio nacional. Los ritmos se han ido adecuando, aunque con dificultad, a las necesidades de racionalización del proceso, aunque me temo que no se hayan ajustado a las posibilidades económicas del Estado.

El caso de la provincia de Madrid ha sido especial, por motivos psicológicos y razones de prudencia política. En principio, ni Madrid capital ni Madrid provincia pueden incluirse entre las comunidades que poseen una diferenciación étnica, psicológica o histórica que justifique la autonomía. Me parece que sería sacar de quicio las cosas afirmar lo contrario. Madrid capital está definida por una subcultura urbana que procede de la síntesis de características comunitarias muy diversas, según los condicionamientos históricos y las interpretaciones culturales de una urbe de grandes dimensiones y muy poblada.

Mayor y mejor racionalización de la gestión

Tendría poco sentido y sería siempre artificial que pretendiéramos definir Madrid región con los caracteres de una comunidad cultural e históricamente determinada, de modo que se asentase en este hecho la pretensión de su autonomía. Se trata de un proceso residual que tanto por exclusión respecto de su integración en otras regiones como por la necesidad política administrativa de completar la configuración autonómica del Estado nos ha conducido inexorablemente a la autonomía. Aceptada esta perspectiva, que parece la más racional y verdadera, la configuración autonómica de Madrid provincia definida como Madrid región no es difícil. Nunca tropezaremos con los escollos que aparecen en otras regiones, por la personalidad histórica o los intereses complejos y multitudinarios. Por otra parte, la autonomía, yo diría que conveniente si no necesaria, resultará beneficiosa para Madrid, incluyendo la capital, por razones económicas y administrativas que se refieren fundamentalmente a la mayor y mejor racionalidad de la gestión.

Para que la autonomía de Madrid región llegue pronto y bien hay que tener presente que en cuanto capital del Estado y urbe de cerca de cuatro millones de moradores necesita mantener relaciones directas con el Estado para no multiplicar más el fraccionamiento y constituirla en distrito federal. Cabe admitir que habrá un estatuto de capitalidad que regule estas relaciones.

Por lo que a la región, es decir, la actual provincia se refiere, la economía de esfuerzo y de órganos pide que la Diputación desaparezca, apareciendo en su lugar el Gobierno de la región, cuya silueta se esboza en el actual Consejo de Municipios, creación espontánea de los ayuntamientos del Area Metropolitana de Madrid y algunos de los del borde, cuyas atribuciones se regirán por el correspondiente estatuto autonómico. Se incluirían en éste las actuales atribuciones de Coplaco y bastantes de las que hoy pertenecen al Ministerio de Obras Públicas, entre otras que están dispersas y sin coordinación suficiente.

Parece, pues, que no hay grandes dificultades para construir y constituir Madrid región, entendiendo que es una necesidad político-administrativa, sin que haya que caer en el circunstancial error común de exagerar los elementos diferenciadores, que, por otra parte, en el caso de Madrid, son mínimos en cuanto atañen al concepto histórico-político de región.

Enrique Tierno (PSOE) es alcalde de Madrid y diputado al Congreso.

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