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Tribuna:TRIBUNA LIBRE/La cuestión agraria andaluza/1
Tribuna
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El latifundio, como constante histórica

El proceso de apropiación feudal de la tierra en Andalucía, por parte de la nobleza, es un problema histórico que está aún sin resolver en varios aspectos. La historiografía ha despejado muchas incógnitas importantes. Entre ellas, la naturaleza de la forma de dominación feudal, basada en la propiedad cornpartida de la tierra entre señores y campesinos. Estos poseen el domini útil, mientras aquéllos el eminente, con lo cual se produce la extracción legal del plusproducto del trabajo campesino sin la existencia de una propiedad libre, en el sentido capitalista del término.Se conocen, igualmente, diversos mecanismos de apropiación de la tierra en el paso del dominio señorial a la propiedad capitalista. En Andalucía, esto adquiere unas características muy especiales a través de los pleitos de señoríos, lo que significó el deshaucio violento de los campesinos andaluces para convertirlos en braceros. Pero sobre lo que existe una mayor oscuridad es sobre en qué época se constituyen los latifundios y de qué procedimientos se valen los latifundistas para controlar la tierra primero y apropiarse de ella después; es decir, sobre las formas y las pautas espaciales y temporales del proceso de acumulación de tierras. La hipótesis de Antonio M. Bernal sobre una forma progresiva de acumulaciones (La Andalucía contemporánea) nos parece sumamente valiosa, aun cuando no exista una evidencia empírica que la respalde en su totalidad.

El proceso se iniciaría, así, a partir de la reconquista andaluza, en el siglo XIII, y configuraría durante tres siglos un régimen de propiedad feudal y una forma de explotación que presenta los rasgos básicos del sistema latifundista. Durante el siglo XVI se inicia la consolidación del régimen latifun dista andaluz en sus aspectos más significativos, espebialmente los vinculados al olivar. Este sistema introduce en las grandes extensio nes de cultivó ciertas características relacionadas con la configuración de los cortijos como forma de institucionalizar el sistema de utilización de la fuerza de trabajo.

A partir de entonces, y fundamentalmente desde la segunda mitad del siglo XVII, las crisis agrarias suponen nuevos impulsos al proceso de acumulación, ya que en coyunturas de penuria y despoblación se produce un vacío en los campos que favorece los procesos acumuladores de tierras. Junto a este fenómeno de acumulación se da otro no menos importante de transformación de las estructuras jurídicas, integrando ambos lo que hemos denominado el modo de apropiación latifundista, primero feudal y después capitalista.

El proceso de cambio de la naturaleza jurídica de la tierra supone una gran variedad de procedimientos transformadores, entre los cuales cabe destacar la consideración territorial de los señoríos jurisdiccionales. Aquéllos desaparecieron del contexto jurídico peninsular, como ha demostrado el profesor Artola (El latifundio, propiedad y explotación), al menos -desde el siglo XVI. Este hecho jugó un papel fundamental en la legitimidad de la apropiación que llevaron a cabo los señores a través de los ya mencionados pleitos de señoríos y cuyo rechazo ha transmitido la memoria histórica del campesinado hasta nuestra centuria.

Los latifundios, que ya existían en la Edad Media, se configuran mediante dos procesos: uno, de acumulación de la tierra por agregaciones en el tiempo de forma lenta, pero continuada, de un núcleo inicial, y otro, de desnaturalización jurídica de la propiedad mediante ventas a señores de tierras señoriales comunales y de propios. Este segundo proceso se consolida con la transformación capitalista de las relaciones de producción en el campo que se opera a lo largo del siglo XIX.

Existe, pues, una persistencia histórica del latifundio como rasgo genérico en la forma de explotación de la tierra en Andalucía. Como ya hemos argumentado en otra parte (Giner y Sevilla Guzmán, 1977), la mejor manera de caracterizar el latifundio desde una perspectiva empírica es a través de su consideración sociológica, es decir, como estructura social que genera unas pautas de desigualdad.

En la segunda mitad del siglo XVIII, el número de jornaleros andaluces pasa de 141.900 a 259.600 (según datos del Catastro de la Ensenada Y el censo de 1797, respectivamente), lo que supone un incremento porcentual de 45 frente al 17% que se da en el conjunto nacional. El grado de proletarización agraria (porcentaje que representan los jornaleros del total de hombres ocupados en la agricultura), en 1800, era del 78% frente al 65% nacional, y los reinos, de Córdoba, Jaén y Sevilla, eran los territorios más proletarizados, con el 81 %, 80% y 86% de sus hombres del campo trabajando como braceros.

Casi un siglo después, la situación permanecía prácticamente inamovible. En efecto, los datos del censo de 1887 arrojaban un 80%, 82% y 85% de jornaleros, siendo el total de Andalucía incluso superior al de 1800. Estas sencillas cifras sobre algunos aspectos de la estructura social agraria en distintos momentos de los siglos XVIII y XIX nos dan idea de la importancia del latifundismo andaluz y de su persistencia histórica.

Eduardo Sevilla es profesor del Instituto de Sociología y Estudios Campesinos de la Universidad de Córdoba y vicepresidente de la European Society for Rural Sociology.

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