La ley del Seguro Privado supondrá la desaparición de una cuarta parte de las entidades
«De seis penas de muerte que tiene mi sociedad, me quitan cinco, lo cual me alegra bastante, pero me dejan una, que es suficiente para que desaparezca». De esta forma define un asegurador el recientemente conocido anteproyecto de ley sobre Ordenación y Fomento del Seguro Privado, que hace pocas semanas ha tenido su entrada en la secretaría del Congreso de los Diputados. Por su parte, fuentes de la Administración han declarado que dicho anteproyecto conlleva una filosofía concentradora que puede dar lugar a la desaparición de una cuarta parte de las actuales entidades de seguros, en el plazo de seis años.
A finales del mes pasado entraba en las Cortes el anteproyecto de ley sobre Ordenación y Fomento del Seguro privado. El Ministerio de Hacienda piensa que, de seguirse los trámites parlarmentarios corrientes, y teniendo en cuenta una cierta urgencia de la ley, ésta podría entrar en vigor el primero de enero de 1982, con lo que coincidiría con el año natural, hecho favorable para su aplicación sin la traba del tiempo. Por otra parte, también podría entrar en vigor la adaptación, en la que se lleva trabajando muchos meses, del plan nacional de cuentas del seguro. La coincidencia de ambos hechos en la misma temporada supondría un cambio de faz del sector del seguro en España.Este sector se caracteriza por una atomización de las entidades que se reúnen en él, y están agrupadas en su casi totalidad en Unespa (Unión Española de Entidades Aseguradoras, Reaseguradoras y de Capitalización). El director general de Seguros, Luis Angulo, declaraba hace pocos días que «es necesario concentrar y especializar las entidades de seguros, ya que España es uno de los países que mayor número de entidades de seguro tiene. Hay en la actualidad unas setecientas, lo que representa, aproximadamente, cinco veces el número que existe, por ejemplo, en Italia, cuando en este país se contrata el doble del volumen de seguros que en España. Son compañías muy atomizadas. En España no existen grandes compañías si las comparamos con las europeas, como lo prueba el que la mayor de las españolas no se encuentra entre las cincuenta más importantes de Europa. En cambio, hay 312 compañías que no llegan a veinticinco millones de prima. Su media está en 6,6 millones de prima al año, lo cual no es adecuado para enfrentarse a la competencia europea».
Objetivos de la ley
La ley en cuestión tiene un triple objetivo, del que no discrepa la patronal del sector: potenciar el seguro privado español como instrumento financiero antinflacionario, de fomento del ahorro y de la inversión duradera; perfeccionar el funcionamiento de la economía de mercado consagrada en la Constitución, equilibrando la apertura de mayores campos a la libre iniciativa con un incremento de la responsabilidad y de las medidas cautelares, como protección de los asegurados, y adaptar al seguro y al reaseguro a la intensificación de la competencia internacional, con mercados supra nacionales a los que España habrá de incorporarse, coordinando la normativa, determinando las competencias de las comunidades autónomas, reforzando la solvencia de las empresas y adecuando la estructura económica del sector.
La ley, de ser aprobada en su actual redacción, introduce una reforma en el sector, marcada por los siguientes criterios:
- Mayor libertad y responsabilidad de las empresas aseguradoras, de acuerdo con el nivel de eficiencia alcanzado en la gestión. En este sentido se suprime la aprobación previa de las pólizas y tarifas, se remite a tarifas reglamentarias la regulación de las reservas técnicas y, de sus inversiones para mayor flexibilidad; se elimina la prohibición de emitir obligaciones, y se prevé la posible autorización de concertar seguros en moneda extranjera y de mantener en el extranjéro y en monedas extranjeras las reservas técnicas que exija el principio de congruencia.
- Reducción del control administrativo e incremento del control financiero o de solvencia de las entidades aseguradoras. Se sustituye el intervencionismo administrativo por la rigurosa existencia de unos capitales o fondos mutuales que terminen una dimensión mínima de las empresas, unas canciones iniciales por cada ramo que estimulen la especialización; y un margen de solvencia y un fondo de garantía que adecúen la solvencia al volumen de negocio.
- Fomento de la concentración y especialización de las empresas aseguradoras. Se establecen los instrumentos de exigencia de un capital o fondo mutual mínimo, que evite la actual atomización del sector y de la imposición de cauciones iniciales en cada ramo que haga gravosa la inscripción para operar en ramos en los que no se prevea alcanzar un volumen razonable de negocio.
- Fomento del seguro privado español y de la exportación de sus servicios. Se delimita el ámbito del seguro privado y la denominada «previsión social voluntaria».
- Protección de los asegurados, no sólo con la rigurosa existencia de solvencia estática y dinámica a las aseuradoras, sino también en la concesión de preferencia a sus créditos sobre determinados bienes, la configurales, y la intervención de los organizadores de consumidores y su presencia en la Junta Consultiva de Seguros.
- Sistematización de la ordenación del sector. Se regula la capitalización concibiéndola como modalidad del ramo de vida, se incorpora al texto legal el reaseguro, etcétera.
Por último, se introducen algunas otras novedades, como la regulación de las sociedades mutuas, a prírna fija y á príma varíable, y las sociedades cooperativas de seguros.
Todos estos criterios se concretan, entre otros puntos, en la elevación de los márgenes de solvencia de las entidades de seguros al establecer que las sociedades anónimas y cooperativas de seguros deberán tener desembolsados unos capitales mínimos para cada ramo, que son los siguientes:
- Vida: doscientos millones de pesetas.
- Caución, crédito y otros riesgos: cien millones.
- Accidentes, enfermedades y daños a las cosas: cincuenta millones.
- Asistencia sanitaria,defensa jurídica, etcétera: veinticinco millones.
No hay concordancia entre motivos y texto
Para el presidente de UNESPA, Félix Mansilla, una ley del seguro privado era muy necesaria, y este anteproyecto mejora con mucho los realizados hasta ahora por el Ministerio de Hacienda. Sin embargo, pese a este acercamiento de puntos de vista, no está de acuerdo con el texto de la ley en su conjunto. «Quizá el -paso por las Cortes suavice las aristas, y al final del proceso estemos satisfechos», dice Mansilla a este periódico.
Para el máximo representante de los aseguradores, el anteproyecto de ley avanza bastante en el proceso de liberalización general del sector, pero no lo suficiente. «Nuestro camino es la CEE, y queremos que la futura ley se ajuste ya a las directrices comunitarias en cuanto a libertad de establecimientos sin discriminación de extranjeros, al fondo de garantía y a la creación del margen de solvencia. Sin embargo, somos partidarios de un control a posteriori, es decir, que se nos diga: estas son las reglas de juego, haced lo que os parezca con tal de que al final. seáis solventes y paguéis los siniestros de los asegurados, es decir, la política de libertad, y palo al que se lo merezca».
En cuanto a la posibilidad de que en seis años el proceso de concentración que favorece la ley suponga la desaparición de la cuarta parte de las entidades de seguros, Mansilla contestó: «La normativa comunitaria también busca la concentración para que las empresas sean solventes, no para que desaparezcan. Yo no creo que la Administración española quiera que mueran empresas con sus respectivos puestos de trabajo, sino que se fusionen razones sociales y permanezcan los empleos y los asegurados previamente no se queden sin seguros.
Para que esto suceda se deben conceder estímulos fiscales a la concentración de empresas, prever que las fusiones no cuesten dinero, buscar facilídades para las transferencias de carteras, etcétera. Ante la pregunta de si esto suponía la petición de hacer del seguro un sector de interés preferente, Mansilla lo negó: «Eso sería un privilegio; y no queremos privilegios, lo que ocurre es que las concentraciones empresariales son como los combates de boxeo: a los contentendientes hay que darles vitaminas».
Por último, el presidente de la patronal del seguro indicó una contradicción importante para sus representados: «Es incompatible el margen de solvencia pedido con el control político de precíos. No nos importa que la Dirección General de Seguros compruebe nuestros precios y vea si están ajustados a la técnica aseguradora. Pero no es entendible el constituir un margen de solvencia sin que rios dejen poner los precios que creemos, y más cuando nos hernos de preparar para la batalla europea. En Francia, el ramo de los automóviles tuvo libertad de precios, y sucedió que, en su conjunto, éstos bajaron: subieron los de unos cuantos aseguradores malos».
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