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Importantes desacuerdos en las negociaciones para el amejoramiento del fuero navarro

El presidente de la Diputación Foral de Navarra, Juan Manuel Arza, ha informado a la Comisión de Régimen Foral del Parlamento de Navarra en torno al estado de las negociaciones que sobre el amejoramiento del fuero está manteniendo la Corporación con la Administración del Estado desde el pasado mes de enero.

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Después de cuatro meses de conversaciones, y en lo que respecta a las instituciones de Navarra, han surgido tres puntos de discordancia: la designación de senadores por la provincia, la fiscalización de las cuentas de Navarra y la impugnación de los acuerdos ejecutivos y administrativos de los órganos del viejo reino.El artículo cuatro del título primero de la futura ley foral, que hace referencia a las instituciones de Navarra, establece que «compete al Parlamento Foral la designación de los senadores que pudieran corresponder a Navarra como comunidad foral». Esta redacción, presentada por los negociadores navarros, no es aceptada por la Administración del Estado, por entender que la designación de senadores es competencia de las comunidades autónomas nacidas a partir de un estatuto de autonomía. De hacerlo Navarra, podría resultar anticonstitucional.

Otro de los temas en los que no ha habido acuerdo es el relativo al examen y censura de las cuentas de Navarra. Según el texto elaborado por el Parlamento Foral, la Cámara de Comptos, antiguo Tribunal de las Cuentas del Reino de Navarra, será órgano del Parlamento y le corresponderá, con carácter exclusivo, «el examen y censura de las cuentas de Navarra, previamente a su aprobación por ley del Parlamento Foral y el control económico y presupuestario de la Hacienda de Navarra y del sector público foral en la forma que determine una ley foral». Frente a esta redacción, los comisionados por la Administración del Estado argumentan que, según la Constitución, es el Tribunal de Cuentas del Estado quien fiscaliza y ejerce el control presupuestario de los órganos de las comunidades autónomas.

Según explicó a la Comisión de Régimen Foral el diputado socialista Gabriel Urralburu, miembro de la comisión negociadora por Navarra, la Constitución, en su disposición adicional primera, reconoce y ampara los derechos históricos de los territorios forales, por lo que las peculiaridades del viejo reino, en teoría, deben quedar salvaguardadas. De otra parte, Urralburu advirtió que en la ley orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas se cita como un caso de excepción al régimen foral de Navarra.

Recurso de acuerdos

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En cuanto al tercer motivo de desacuerdo, estriba en que la comisión negociadora navarra ha presentado un texto (artículo 30) en el que se explicita que «los actos, acuerdos y normas reglamentarias dictadas por los órganos ejecutivos y administrativos de Navarra, serán impugnables ante la jurisdicción contencioso-administrativa, una vez agotada la vía foral». Este tema es objetado por los representantes de la Administración del Estado, ya que , entienden, si antes de iniciar la vía contencioso-administrativa se debe recurrir, en recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, se establece una relación jerárquica de superioridad de la Diputación frente a los ayuntamientos, en detrimento de la autonomía de las corporaciones locales.El texto sobre instituciones forales de Navarra, en los puntos en los que hay acuerdo total entre las dos partes, establece que serán instituciones de la provincia el Parlamento, la Diputación o Gobierno foral y su presidente. Los miembros del Parlamento no podrán ser retenidos ni detenidos durante su mandato por los actos delictivos cometidos en el ámbito de la provincia, salvo en caso de flagrante delito. En todo caso, su inculpación, prisión, procesamiento y juicio corresponderá al Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

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