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El espíritu de la "concertación" imprimió rapidez al debate sobre los estados de excepción

El espíritu de la concertación planeó ayer con eficacia en el debate sobre el proyecto de ley orgánica sobre regulación de los estados de alarma, excepción y sitio, celebrado en la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados. Ante la desesperación de comunistas y nacionalistas (vascos, catalanes y andalucistas), la política inaugurada por el Gobierno y el PSOE tras el golpe de Estado del 23 de febrero pasado limó diferencias entre centristas y socialistas hasta extremos que aquéllos consideraron realmente peligrosos para la democracia en el supuesto de que alguna vez sea necesario establecer alguno de los estados excepcionales que la ley contempla.

La desesperación de comunistas y nacionalistas llegó al paroxismo cuando el grupo centrista se apoyó en argumentos socialistas para rechazar una enmienda comunista que pretendía diferenciar expresamente las reuniones orgánicas de partidos políticos y sindicatos y aquellas otras que puede prohibir la autoridad gubernativa en los estados de excepción.La Comisión Constitucional aprobó ayer dieciséis artículos, es decir, hasta el artículo 22, de los 36 que tiene el proyecto de ley, por lo que es probable que en la sesión de hoy quede dictaminado el proyecto de ley y pueda ser presentado al próximo Pleno del Congreso. Antes de iniciarse el debate sobre el articulado, el diputado Gregorio Peces-Barba protestó enérgicamente, en nombre del grupo socialista, ante las declaraciones hechas por el centrista Gabriel Cisneros, secretario de Estado para las Relaciones con las Cortes, que acusó al «filibusterismo de la izquierda» del posible retraso en la aprobación del proyecto de ley. La protesta socialista se vio corroborada por los hechos, ya que la mayoría de los artículos fueron aprobados por los votos conjuntados de socialistas y centristas. «Nosotros mantenemos el tipo en lo que consideramos fundamental, pero no en cuestiones secundarias», comentó a EL PAIS un diputado socialista, en un intento de explicar la postura de su grupo.

En algunos puntos, los socialistas fueron capaces de convencer a los centristas para perfeccionar algún artículo y aun de oponerse con éxito en algún tema que consideraban irrenunciable. Así consiguieron que el grupo centrista se aviniese a introducir en la ley un criterio finalista más explícito que legitimase la detención hasta diez días, el registro domiciliario o la intervención de las comunicaciones postales, telegráficas y telefónicas. Según el texto aprobado, estas medidas podrán ser adoptadas por la autoridad gubernativa, si lo considera necesario, «para el esclarecimiento de los hechos presuntamente delictivos o para el mantenimiento del orden público.» El grupo socialista, por otra parte, logró por mayoría de votos obtener la supresión de un párrafo referente al registro domiciliario que establecía la posibilidad de que éste se llevase a efecto aun en el caso de que no fuera posible hallar vecinos que puedan presenciar la inspección o registro. UCD se mantuvo inflexible en el mantenimiento de este párrafo y anunció, al verse derrotada, su intención de presentar un voto particular en el Pleno.

Si las enmiendas socialistas fueron, en general, asimiladas por los centristas y, en consecuencia, ambos grupos llegaron a acuerdos transaccionales, las enmiendas comunistas y nacionalistas se encontraron con la oposición de los grupos centrista y socialista, si bien éste quiso dejar en claro que se oponía por estimar que aquéllas eran superfluas. Así no tuvo éxito la pretensión de los comunistas para que desapareciera del texto la expresión «juez competente», que da base a la existencia de una jurisdicción especial en los estados de excepción, y fuera sustituida por la de «juez natural o del lugar». Tampoco fue aceptada la enmienda de Marcos Vizcaya, en nombre del PNV, que pretendía establecer el trámite de audiencia del Gobierno autónomo en el caso de que el estado de excepción que fuera a decretar el Gobierno de la nación afectarse en todo o en parte a la comunidad autónoma.

La aprobación por parte de centristas y socialistas del artículo que prevé la prohibición de reuniones y manifestaciones durante el estado de excepción, sin excluir expresamente de esta prohibición las reuniones orgánicas de partidos políticos y sindicatos, causó profundo malestar en los grupos comunista y nacionalistas. Miguel Roca Junyent suplicó a los dos grupos mayoritarios que reflexionasen, ya que si uno de los supuestos del estado de excepción es el restablecimiento del normal funcionamiento de las instituciones democráticas cuando aquél se halla gravemente alterado, sería contradictorio que el estado de excepción viniese por sí mismo a alterar dicho funcionamiento democrático, impidiendo el desarrollo de la actividad de los partidos políticos y de los sindicatos, piezas imprescindibles en un sistema democrático.

Los socialistas, por boca de Gregorio Peces-Barba, intentaron quitar su preocupación a comunistas y nacionalistas, ya que, según dijo, «nosotros creemos que las reuniones orgánicas de los partidos políticos y de los sindicatos legalmente constituidos forman parte del derecho de asociación, reconocido en el artículo 22 de la Constitución, cuya suspensión no se prevé en los estados de excepción». Los artículos constitucionales suspendidos en los estados de excepción son el 17 (detención hasta un máximo de 72 horas), 18.2 (inviolabilidad del domicilio), 18.3 (secreto de las comunicaciones), 19 (libre circulación), 20 (expresión y difusión de ideas), 21 (reunión y manifestación) y 28.2 y 37.2 (derecho de huelga y de negociación colectiva).

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