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Aprobados 19 nuevos artículos del proyecto de ley de Divorcio

La sesión del Pleno del Congreso de ayer transcurrió con pocas sorpresas, mientras parte de los diputados escuchaba el partido de fútbol en algún transistor -Iñigo Cavero, Gabriel Cisneros, Soler Turmo, Pin Arboledas y otros participaron en un jubiloso grito de gol desde la televisión de los ujieres, cuando España marcó el segundo tanto a Inglaterra- y se producía alguna anécdota realmente chocante.El ministro de Justicia terminaba dando el sí, por no haber desconectado la llave de su escaño, a una enmienda del disidente centrista Manuel Díez Pinés, que pretendía que los matrimonios canónicos tuvieran efectos civiles sin necesidad de tener que adaptarse a la legislación del Estado. El ministro de Justicia, que abandonó ostensiblemente el hemiciclo cuando empezó a hablar Díaz Pinés, apareció luego votando afirmativamente la modificación en el listado del escrutinio.

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No se entró en el debate del artículo 82.5, que se presentaba como el más conflictivo y el único que los socialdemócratas se ofrecían a modificar en el Congreso. Por lo demás, los diecinueve artículos aprobados y los dos suprimidos que se consideraron, salieron adelante en el mismo clima de contraposición Iglesia-Estado al que se están llevando muchas de las discusiones del proyecto de ley de Divorcio y en el mismo ambiente de visitas, charlas y papeleo de escaño a escaño entre socialdemócratas y democristianos, liberales y socialdemócratas, cristianos entre sí y socialistas con ministros o asesores. El portavoz centrista Miguel Herrero visitó incluso a Felipe González y a Alfonso Guerra. Como en una sesión anterior sucediera con el líder de Coalición Democrática, Manuel Fraga, el divorcio produjo sueño ayer al centrista catalán Carlos Sentís y al socialdemócrata Santiago Rodríguez Miranda.

Los artículos que suscitaron mayor debate fueron el 63, sobre la inscripción del matrimonio celebrado en forma religiosa; el 73, relativo a la nulidad matrimonial y, como se esperaba, el 80, que habla de las resoluciones dictadas por los tribunales eclesiásticos en materia de nulidad.

Mientras los ministros Ordóñez y Cabanillas se reunían junto con Luis Apostúa para intentar perfilar los acuerdos en torno al artículo 82.5, esperado como plato fuerte del Pleno de ayer, pero en cuyo de

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bate no Se entró, el portavoz de Coalición Democrática, Juan Luis de la Vallina, defendía una enmienda al artículo 63, porque, a su entender «comparar el matrimonio canónico con otras formas religiosas de matrimonio puede considerarse una cierta ilegal¡dad».

Derrotada la enmienda de Díez Pinés

En el mismo artículo, el centrista Díaz Pinés argumentaba que «Si aquí se habló ayer en nombre del grupo parlamentario y del Gobierno, yo voy a hablar aquí para defender el programa de mi partido» y, tras manifestar que «no se lo que otros ofrecerían en su circunscripción electoral, pero sí sé lo que yo y ,otros conmigo ofrecimos en la mía», acusaba al texto de la comisión de suponer «una modificación unilateral de un tratado internacional, porque, según el artículo 6.1 de los acuerdos con la Santa Sede, la sola presentación de la certificación del matrimonio religioso produce efectos civiles, y ahora se añade aquí la necesidad de que se adapte a la legislación del Estado». Mientras a De la Vallina le contestó el ucedista Escartín, nadie salió a responder a Díaz Pinés, en la línea de lo manifestado en otras ocasiones por el ministro de Justicia, en el sentido de que por ser diputado de UCD, «ya le he contestado donde debía hacerlo: en el grupo y en el partido».

La enmienda de Díaz Pinés obtuvo diecisiete votos a favor, algunos, supuestamente, por culpa de las llaves de la votación, ya que, según el listado consultado posteriormente, se mostraron partidarios de la postura del diputado opusdeísta, desde el socialdemócrata Javier Moscoso al ex ministro, Fernando Abril, pasando por los también centristas Juana Arce, Carlos Gila, Rodríguez Alcaide y Díaz Porras, además del ministro de Justicia; los socialistas Chaos y Ernest Lluch y, los vascos Aguirre y Bujanda, además de los diputados de Coalición Democrática presentes en la sala: Fraga, Osorio, Portanet y Tejera.

La fidelidad conyugal

La necesidad de que los cónyuges tengan que vivir obligatoriamente en el mismo domicilio y estén obligados a guardarse fidelidad produjo debate entre los centristas, por un lado, y los socialistas y comunistas, por otro. Javier Moscoso contestó al socialista Rudolf Guerra, que «el deber de fidelidad está asumido en muchas legislaciones progresistas, como Francia, Italia, Bélgica y Colombia, entre otras», y añadió que para UCD «la fidelidad tiene un sentido más amplio que el sexual, es una concepción más ética, más moderna, pues no estamos pensando sólo en el adulterio».

El comunista Solé Tura se mostró partidario de que cada cónyuge pueda tener su propio domicilio y dijo que «sólo articulando de manera coherente la libertad personal al iniciar una comunidad de vida es posible la libertad del consentimiento, base del matrimonio».

El artículo 73, sobre la nulidad del matrimonio, hizo opinar al socialista Virgilio Zapatero que «de lo que aquí se trata es de acercar al máximo las nulidades matrimoniales al régimen general de nulidades, no sea que vaya a ser más rápido, más fácil y más barato obtener una nulidad canónica que un divorcio o se caiga en el viejo lema de "a más nulidad, menos divorcio"». El portavoz socialista manifestó que desde algunos sectores confesionales se viene manteniendo como postura idónea para afrontar la crisis matrimonial «abrir la mano en las nulidades canónicas» y se opuso a varios puntos del texto, entre ellos al número uno del artículo 73. «Se ha suprimido», dijo Virgilio Zapatero, «la simulación, que era un auténtico coladero de las nulidades eclesiásticas, pero ¿no la estamos metiendo subrepticiamente en el número uno del artículo 73?».

Virgilio Zapatero opinó que podría estarse haciendo «una importación del Código de Derecho Canónico al Código Civil, pero del Código Canónico de la Edad Media, ni siquiera del actual, que están a punto de reformar».

Preocupación por la impotencia

Javier Moscoso aludió a la «obsesión socialista de que aquí vayamos a recibir la doctrina de las nulidades canónicas» y señaló el párrafo cuarto, cuya supresión querían los socialistas, y en torno al cual se originó un cierto intercambio de ideas sobre el supuesto de impotencia como causa de nulidad del matrimonio, que, según dijo Moscoso, «preocupa al grupo socialista, pues lo ha introducido en su texto alternativo como causa de divorcio». Socialistas y centristas cambiaron frases sobre el grado en que les preocupaba el problema de la impotencia.

En el debate sobre el artículo 80, que junto con el 60, discutido el martes, suponía uno de los principales puntos de enfrentamiento laico-confesional, el diputado socialista Antonio Sotillo preguntó cuál va a ser el sistema por el que los jueces civiles ejecuten las sentencias canónicas de nulidad que se produzcan a partir de la presente ley y solicitó que, a los requisitos de que la sentencia eclesiástica estuviera ajustada al derecho de Estado y que fuera auténtica, esto último contemplado en la disposición adicional segunda del proyecto, pidió que se añadiera el que las sentencias eclesiásticas respetaran los derechos y libertades contenidos en la Constitución. A este extremo le respondió, José Antonio Escartín, representante del grupo centrista, diciendo que «la introducción que proponen los socialistas me parece superflua, porque si una mención a la Constitución hubiera que hacerla en cualquier forma de derecho positivo, sería absolutamente superfluo. Si la Constitución y los derechos fundamentales no son derecho del Estado, yo ya no sé qué es derecho del Estado».

Hoy se abordará. el artículo-82, cuyo punto quinto ha venido suscitando polémica en el seno de UCD. En él se afirma que el cese de la convivencia conyugal se entiende «libremente consentido, salvo prueba en contrario, cuando el cónyuge legitimado para pedir la separación en los demás supuestos de este artículo no hubiera pedido, al menos, las medidas provisionales contempladas en el artículo 103 de este código, no hubiera planteado demanda de separación o realizado cuantas medidas en derecho prueben el abandono si transcurridos seis meses se le requiriera judicialmente». En la línea de las frases en cursiva podrían estar los añadidos pactados entre socialdemócratas y democristianos.

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