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Tres decretos sobre traspasos a los entes preautonómicos

Tres decretos de Presidencia del Gobierno publicados ayer por el Boletín Oficial del Estado modifican el proceso de traspaso de competencias de la Administración central a los entes preautonómicos. Por una parte, las actuales comisiones mixtas de transferencias serán sustituidas por comisiones especializadas por materias. En segundo lugar, se regula la contratación de personal por los entes preautonómicos y el traspaso de servicios.El primero de los citados decretos dispone la creación de «comisiones mixtas de transferencias, una por cada departamento ministerial afectado por el proceso de transferencias a los entes preautonómicos, en sustitución de las actualmente previstas en las normas de desarrollo de los reales decretos leyes por los que se aprueban los regímenes provisionales de autonomía».

Dichas comisiones estudiarán y elaborarán las propuestas de traspaso de competencias en las materias específicas a que estén referidas, «atendiendo especialmente a la homogeneización de los procesos de transferencias, a fin de equiparar los niveles de competencia asumidas por todos ellos».

En cuanto a la composición de las nuevas comisiones mixtas, estarán integradas paritariamente por representantes de la Administración del Estado y de cada uno de los entes preautonómicos, y contarán con la presencia del secretario general técnico y los directores generales del Ministerio afectado, «cuya asistencia se estime necesaria», y de «un representante designado por cada uno de los entes preautonómicos interesados en el correspondiente traspaso de funciones y servicios».

El presidente de estas comisiones será el ministro de Administración Territorial, y el vicepresidente, uno de los representantes de los entes preautonómicos, elegido por éstos.

Otro decreto regula aspectos de la contratación de personal por los entes preautonómicos que no estaban previstos en la normativa legal vigente. Entre otras cosas, se indica que «los funcionarios de carrera de la Administración civil del Estado y de los organismos autónomos de ella dependientes podrán ser destinados en comisión de servicio de carácter temporal a los entes preautonómicos». Igualmente, cuando se transfieran vacantes dotadas presupuestariamente, el ente preautonómico solicitará del Ministerio correspondiente que sean cubiertas por funcionarios en comisión de servicio.

El tercero de los decretos publicados ayer especifica «las diferentes circunstancias relativas a medios patrimoniales, presupuestarios y documentales» que deben incluir las propuestas de transferencias, y señala expresamente que los funcionarios de carrera de la Administración central «adscritos a servicios transferidos a los entes preautonómicos pasarán a depender de éstos en las condiciones legalmente establecidas».

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