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Gil-Albert y Pedrol toman posesión de sus cargos en el Consejo de Estado

El fiscal general del Estado, José María Gil-Albert, y el presidente del Consejo General de la Abogacía, Antonio Pedrol Rius, tomaron ayer posesión de sus cargos de consejeros natos del Consejo de Estado, en un acto celebrado ayer en la sede del supremo órgano consultivo del Gobierno.

Antonio Pedrol Ríus dijo, en su intervención posterior a la toma de posesión, que la incorporación de la abogacía al Consejo de Estado, posibilitaría «una de sus mejores aportaciones, como es la experiencia del contacto con el ciudadano, ya que las personas que hablan con los abogados lo hacen en términos mucho más abiertos que con nadie». El presidente del Consejo de Estado, Antonio Giménez Blanco, por su parte, le respondió que el artículo 36 de la Constitución, relativo al reconocimiento de los colegios profesionales, «se puede decir que es obra de la tenacidad del señor Pedrol».Entretanto, el nuevo fiscal general del Estado ha realizado unas declaraciones al periódico barcelonés La Vanguardia, en las que se refiere al tema del terrorismo: «Hay una serie de comportamientos», señala José María Gil-Albert, «que facilitan la acción terrorista y que no entran dentro de la autoría del hecho, como es todo aquello que suponga colaboración, complicidad o encubrimiento, que tienen una escasa entidad penal y que, sin embargo, favorecen en gran medida la comisión de actos terroristas, luego a todos estos condicionantes hay que darles la autonomía y sustantividad de delitos. Para perfeccionar la lucha contra el delito», continúa José María Gil-Albert, «hay que ir a la creacíón de instrumentos legales que consigan su represión ».

Por otra parte, en una entrevista publicada por el diario logroñés Nueva Rioja, el fiscal general señala que «hay que amparar totalmente lo que es libertad de expresión y únicamente reprimir o impedir lo que son excesos, que tienen ya una entidad penal, porque atacan al honor u otras instituciones». Finalmente, se declara partidario de que la inmunidad parlamentaria corresponda únicamente a los miembros de las Cortes.

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