Los hijos de padres solteros y padres casados, iguales ante la ley
La Comisión de Justicia del Congreso aprobó ayer por unanimidad el artículo 109 del proyecto de ley de modificación del Código Civil en materia de filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio, que establece la igualdad de los niños españoles ante la ley, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución. De esta manera, al aprobar que «quienes son hijos por naturaleza pueden ser matrimoniales o no matrimoniales, con iguales efectos ante la ley», se deja de tratar a los niños según el estado legal de sus progenitores y se pone fin a la irritante distinción entre niños legítimos, ilegítimos, naturales, adulterinos e incestuosos.La redacción de este proyecto de ley, considerado por parlamentarios de izquierda y sectores feministas como uno de los textos «más progresistas de Europa», data de cuando Landelino Lavilla era titular del Ministerio de Justicia, y Juan Antonio Díaz Ambrona subsecretario. El proyecto ha contado con numerosas enmiendas, pero ninguna de ellas a la totalidad y ninguna de las de la izquierda destinada a hacer variar los principios que inspiran su texto: igualdad entre todos los hijos, igualdad entre el hombre y la mujer en el ejercicio de la patria potestad y sustitución de la idea tradicional de que los hijos son propiedad de los padres en favor de una mayor autonomía de aquéllos.
Sin ninguna discrepancia seria entre el partido del Gobierno y la oposición, el texto de la ponencia mejoró el redactado por UCD, aunque sus modificaciones han sido mínimas. La parte menos progresista del texto gubernamental es, según los socialistas, que la idea de absoluta igualdad entre los hijos no se corresponde totalmente en cuestiones de herencia, dando un ligero privilegio a los hijos matrimoniales sobre los no matrimoniales.
Entre tanto, la Comisión de Justicia, reunida ayer por espacio de tres horas, aprobó sin mayores problemas los diecisiete primeros artículos, hasta que el presidente de la comisión, Oscar Alzaga, decidió suspender los debates pasadas las dos del mediodía, «porque el hambre está causando estragos en esta comisión». De los artículos aprobados destacan fundamentalmente el 108, ya citado, que proclama la igualdad de los hijos, y el 118, que establece que si los cónyuges viven separados, pero desean ambos reconocer al hijo de uno de ellos (aunque haya sido concebido con otro), pueden hacerlo como «hijos matrimoniales».
Asimismo también es significativa la alteración sufrida en el artículo 122, cuya redacción inicial concedía al padre la facultad de declarar la identidad de la madre (cuando ésta es soltera) en el registro civil. Fueron tres mujeres: Carmela García Moreno, María Dolores Pelayo (ambas de UCD) y María Victoria Fernández España, de Coalición Democrática, quienes enmendaron, junto con Socialistas de Cataluña, esta redacción, considerada por algunos despachos feministas de Madrid como «un arma en manos del padre contra la mujer». Así la comisión aprobó: «Cuando un progenitor hiciere el reconocimiento separadamente no podrá manifestar en él la identidad del otro».
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