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Incremento del 12,5% en el precio de los colegios subvencionados

Se han hecho públicas las nuevas cantidades que están autorizadas a percibir los centros subvencionados, al mismo tiempo que se declaran libres los precios de los centros no subvencionados. El incremento máximo autorizado para los primeros es de un 12,5% sobre los actuales.

El Ministerio de Educación ha dirigido un escrito a sus delegaciones provinciales -al que ha tenido acceso Europa Press- en el que se señalan los criterios para la financiación de los centros docentes no estatales hasta que pueda entrar en vigor la ley de Financiación de la Enseñanza Obligatoria.«Para entonces», dice el escrito ministerial, «pretendemos que no pueda darse el lucro mercantil o industrial en centros que reciban fondos públicos, y para acercarnos a tal situación se ha calculado una tabla de precios que, sumados a la subvención que el centro recibe, se ajuste o se aproxime al precio del puesto escolar estatal».

Añade el Ministerio que «el desorden existente en los centros subvencionados al 75% y al 50% aconseja fijar unas bandas de flexibilidad para propiciar una transición realista y gradual. La filosofía del Ministerio, ya manifestada en múltiples reuniones con el sector privado, es lograr la rigurosa aplicación de la ley de Financiación, cuando se apruebe, a todos los centros financiados con fondos públicos, directa o indirectamente».

Tras advertir a las delegaciones para que vayan mentalizándose sobre la necesidad de ejercer «un auténtico e intenso control de precios en esos centros, a partir de la entrada en vigor de la ley de Financiación», el ministerio indica que «no existen razones de política educativa que aconsejen ningún tipo de control de precios sobre la enseñanza que no reciba fondos públicos: centros no subvencionados o niveles no subvencionados de centros subvencionados ».

«Creemos», concluye el Ministerio, «que tales enseñanzas deben funcionar en régimen de precios libres, según las leyes del mercado, y así lo hemos propuesto al Gobierno. En todo caso, no es función ni competencia del Ministerio de Educación, ni de sus delegaciones, la de ejercer control sobre los precios de la enseñanza no financíada con fondos públícos».

Por lo que respecta a los nuevos precios, que los centros subvencionados podrán cobrar con efectos retroactivos de enero pasado, se señala una cuota máxima de 480 para los subvencionados al 100%, tanto para los centros con subvención nueva como para los que la tienen prorrogada; los subvencionados al 58,60% y al 79,01 % no podrán percibir cuotas superiores a 2. 100 y 1.300 pesetas mensuales, respectivamente. Los que actualmente cobran precios superiores a los topes señalados se deberán situar obligatoriamente en las bandas de 2. 100 a 2.500, y de 1.300 a 1.650, siempre que se ajusten a un incremento máximo del 12,5%.

No obstante lo anterior, todos aquellos centros que impartan actividacles complementarias podrán facturar dichas actividades, siempre que éstas supongan una efectiva contraprestación.

La Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) ha lamentado, en un comunicado hecho público al mismo tiempo que se anunciaban los nuevos precios, que el «endeudamiento de los centros haya recaído sobre los padres».

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