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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Denuncias de tráfico

Las jefaturas de Tráfico han de comunicar las denuncias dentro de los dos meses siguientes al día de ocurrir la infracción, cuando ésta se comente dentro de la provincia donde el vehículo está matriculado y tiene su residencia el propietario. Sí no se hace así, la denuncia pierde su validez.Con fecha de 9-4-1979 recibí la notificación de una denuncia del 7-11-1978, por sobrepasar los límites de velocidad permitida. Como quiera que habían transcurrido más de cinco meses decidí no hacer caso de la comunicación, ya que presumiblemente se trataba de un error, del que se darían cuenta al no personarme para abonar la multa.

Mi ingenuidad fue total. Con fecha 12-12-1979 recibí del juzgado correspondiente un requerimiento por el cual se me citaba para abonar la multa con su recargo y costas en el plazo de tres días, trancurridos los cuales sin hacerla efectiva procederían a los trámites oportunos para el embargo de bienes.

Personado en la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia, donde resido, se me informa que, efectivamente, los hechos son así, pero que ellos envían las notificaciones de sanciones, estén o no dentro del plazo reglamentario, y que si no lo están hay que hacer un escrito para así manifestarlo.

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Yo me pregunto si comprobar la fecha de la denuncia antes de remitir la notificación será un enorme trabajo y como evidentemente no representaría ninguna carga adicional, sino por el contrario, un ahorro de tiempo al no tener que enviar cierta cantidad de notificaciones, la única conclusión que me parece válida es que la picaresca, que tuvo su época dorada hace ya algún tiempo, sigue arraigada en nuestros días, cosa que, si me parece triste en general, ni me atrevo a decir lo que me sugiere cuando proviene de los estamentos oficiales.

Valencia

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