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La legislación española no favorece la inventiva nacional

España mantiene una legislación «prácticamente obsoleta en materia de protección de patentes», según han declarado a EL PAÍS fuentes próximas al mundo de las patentes y a la Fundación García Cabrerizo, que preside Francisco García Cabrerizo, dedicados al apoyo de la iniciativa inventiva española.«Más de 11.000 patentes se conceden cada año en España», se afirma, «y, por cierto, con una marcada tendencia al descenso. La crisis económica, la problemática de la seguridad política de esta etapa de transición, probablemente ha frenado algunos planes de inversión. La tecnología y la inversión constituyen inversiones a largo plazo, por lo que el planteamiento de la protección ha de tomarse con antelación. Quizá, por ello, en estos últimos años, muchas empresas que no han visto claro nuestro horizonte político han desistido de proteger sus patentes sobre innovaciones futuras».

El coste de la tecnología extranjera arrendada por España bajo contrato y pago de regalías supera los 30.000 millones de pesetas al año. Pero esa es solamente una declaración oficial atenida a los costes netos del arrendamiento de las licencias. Existen, como acompañantes, necesarios pagos invisibles y compromisos ligados que, a la fuerza, imponen un aumento del coste de la técnica ajena. «Esta es la penitencia que debemos pagar por una mala estructuración de la política investigadora», se asegura en las mencionadas fuentes próximas a la Fundación.

«No me parece», se añade, «que estos pagos representen una sangría de divisas, como dicen algunos aficionados. Es normal en todos los países en vías de desarrollo que se compre lo que no se tiene. El mal estriba en no saber potenciar nuestros propios medios para que, por una parte, pudieran acudir nuestras industrias a fuentes de investigación propia, y por otra parte, en carecer de una dinámica de exportación de nuestra tecnología.»

La protección jurídica del inventor reside en la patente de invención y en modelo de utilidad, así como en otras figuras adyacentes. Las patentes ofrecen un derecho de exclusiva para la explotación de la invención dentro del país en que son expedidas. Limitadas a un número de veinte años -caso de España-, deben llevarse a la práctica, o, en otro caso, su titular ha de ceder la licencia a quien la solicite.

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