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El registro encefalográfico plano no es la única prueba que define la muerte

«Hoy ya no es admisible la sola prueba de un registro encefalográfico plano, isoeléctrico, para definir la muerte.» Esta es la conclusión que ofrece a EL PAÍS el doctor Armando Romanos, catedrático de Pediatría de Córdoba, cuyo equipo ha llevado a cabo una interesante experiencia en un niño ingresado en la unidad de cuidados intensivos de la ciudad sanitaria Reina Sofía en estado de coma grado cuatro.

El niño recibió asistencia respiratoria y, practicado un electroencefalograma, mostró signos considerados hasta ahora como de muerte cerebral, con un trazado plano. Al día siguiente, al practicarse nuevo registro encefalográfico, le detectaron signos de actividad cerebral. Posteriormente este niño siguió vivo. Al principio, con asistencia respiratoria, y después, durante once días, fue capaz incluso de respirar por sí mismo. Desgraciadamente, el niño, cuya identidad no ha sido facilitada, con un grave deterioro neurológico, falleció. En opinión del profesor Romanos, no es posible imputar directamente el fallecimiento al episodio que primitivamente padeció.¿Hasta qué punto esta aportación clínica puede modificar el concepto de la muerte legal a efecto de extirpación de vísceras humanas para un posterior trasplante? El equipo del doctor Romanos, tras haber estudiado los problemas relacionados con la muerte, ha llegado a la conclusión de que es extraordinariamente difícil establecer criterios objetivos para la definición de la muerte, tanto de la muerte biológica como de la muerte en sentido metafísico. «Hoy no es admisible, en su criterio, un registro encefalográfico plano para determinar una situación de muerte en el individuo.»

Con envidiable modestia, el equipo reconoce, y así se dijó en la presentación del caso en el transcurso de una sesión clínica en la ciudad sanitaria. Reina Sofia de Córdoba: «No somos los únicos que buceamos eri, este campo. En la bibliografía más reciente se están poniendo muy a discusión hechos como el relatado. Existen -dijo- otros elementos objetivos de mayor valor para poder definir esto que llamamos muerte. Hechos objetivos que serían pruebas clínicas diversas, difíciles de vulgarizar, todas ellas conocidas a nivel de medicina legal y forense.»

«No soy quién -afirmó el doctor Romanos- para decir si esta aportación vendrá a dificultar el curso de los trasplantes.» Manifestó, sin embargo, su creencia de que ello plantea un problema que desborda los límites puramente profesionales de la medicina, entrando dentro de la sociología, el derecho, la metafísica e incluso la religión.

Lo cierto es que este hecho, cuyos detalles se guardan todavía en secreto por el equipo médico, aunque los datos fundamentales de la experiencia están archivados y a disposición de quienes quieran comprobarlos, cuestiona en principio la posibilidad de trasplantes de órganos extraídos a las veinticuatro horas del fallecimiento de una persona.

Este caso será expuesto, junto con otras experiencias, en un próximo simposio sobre Humanidades en pediatría.

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