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Regulación de ascensos en el Ejército

El Diario Oficial del Ejército de Tierra publicó ayer una orden del ministro de Defensa, por la que se establece la normativa precisa para conseguir, en el plazo de un año, la nivelación de los ascensos en todos los empleos y escalas de las armas del Ejército de Tierra entre los componentes de igual promoción.Esta medida, acorde con la legislación vigente, es considerada como previa y necesaria para abordar el sistema de regulación de escalas y ascensos en los estudios realizados sobre el tema, que ya ha tenido eco en los medios de comunicación social. Y el plazo de un año señalado en la orden, adoptado como el más ponderado para conseguir el fin propuesto sin ocasionar alteraciones, posiblemente contraproducentes, en espera de que disposiciones de mayor rango, hoy en preparación, hagan posible la total puesta en práctica del nuevo sistema.

Asimismo, para llevar a cabo la acomodación de los distintos cuerpos del Ejército de Tierra a este sistema de ascensos regulados, la citada orden ministerial dispone que por el Estado Mayor del Ejército se efectúen los estudios precisos en el más breve espacio de tiempo.

En cuanto a la Armada y al Ejército del Aire, se ordena a sus Estados Mayores la realización de estudios análogos y correspondientes propuestas para obtener objetivos semejantes en dichos ejércitos.

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