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La disolución de las Cortes no afecta a los órganos preautonómicos

Los presidentes y demás miembros de los órganos rectores de los regímenes provisionales de autonomías que hubieran sido designados en razón de su condición de parlamentarios podrán continuar desempeñando los cargos que ostentan en la actualidad en los organismos provisionales de autonomías, aunque hayan sido disueltas las Cortes Generales. Así lo dispone un decreto publicado ayer por el diario oficial.Una vez celebradas las elecciones y constituidas las nuevas Cámaras, podrá procederse, en su caso, a la sustitución de los parlamentarios nombrados en virtud de su pertenencia a las anteriores Cámaras.

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