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El Pleno del Senado debate la Constitución

Aprobada una cierta representación de las comunidades autónomas en el Senado

Los debates constitucionales en el Pleno del Senado no depararon ayer ninguna sorpresa, y apenas se produjeron modificaciones respecto al texto anterior. Un tímido intento de articular la representación de las comunidades autónomas en el Senado, la definitiva desaparición de los senadores reales y el mantenimiento del título de la Corona tal como estaba en el proyecto constituyeron los principales temas de la sesión de ayer, que comenzó con unas palabras de pésame por la muerte del Papa. Informan Bonifacio de la Cuadra y Sebastián García.

La nueva composición del Senado fue ratificada ayer por el Pleno de la Cámara alta, que asumió la modificación introducida por su Comisión Constitucional sobre el texto aprobado por el Congreso. Entre las novedades destaca la incorporación de un senador por comunidad autónoma y uno más por cada millón de habitantes del territorio de ésta. La desaparición de los senadores de designación real fue despedida con elogios de sabor funerario.De nuevo el consenso UCD-PSOE hizo que se estrellaran contra él los escasos votos particulares mantenidos, incluso aquellos a los que, al ser rechazados en la Comisión Constitucional del Senado, centristas y socialistas habían dado esperanzas de que prosperarían en el Pleno. Tal fue el de los Senadores Vascos, por medio del cual se abría la posibilidad de que los estatutos de las comunidades autónomas contuvieran normas relativas a la elección de los cuatro senadores provinciales.

Igualmente, el de Joaquín Satrústegui, que abogaba por que se añadiera a la proporción de un senador por cada millón de habitantes lo siguiente: «O fracción superior a 500.000.»

El ataque más duro al texto aprobado se debió al único senador comunista, José Vicente Mateo, quien antes, de que el Senado se convierta en una Cámara duplicada, inútil y regresiva, solicitó su supresión.

Los que sí quedaron definitivamente suprimidos fueron los senadores reales, aunque ya se encargó el portavoz de UCD, Antonio Jiménez Blanco, de recordarles que, según lo convenido entre partidos que representan más de once millones de votos, su presencia en el Senado -como la de los restantes senadores- se prolongará unos tres años, dando a entender de este modo que no hay previstas elecciones generales antes.

El señor Jiménez Blanco elogió la independencia de los senadores reales, que -según dijo- no han comprometido con su actuación al Rey y a la Monarquía. Carlos Ollero agradeció los elogios, pero insistió en la conveniencia de que, en coherencia con ellos, se mantuviera este grupo, normal en otras monarquías democráticas.

Tanto el voto particular del señor Ollero como el de Isaías Zarazaga en favor de los senadores reales fueron finalmente retirados, a pesar de lo cual el socialista Guillermo Alonso del Real intervino en contra de la existencia de esta clase de senadores, por entender que la decisión sobre quiénes son los mejores corresponde sólo al pueblo, «que va a ser el único señor de España». «No queremos servir a la Monarquía -dijo-, si no que ella sirva al pueblo.» El señor Ollero replicó congratulándose de que los senadores reales hayan servido de pretexto para que «algunos muestren su progresismo».

El texto del artículo 68 no parece satisfacer demasiado a los socialistas, en nombre de los cuales Antonio López Pina dijo que «UCD podía haber sido más generosa en la gradualización de la representación territorial».

Y así se confirmó en el momento decisivo de los votos, en que UCD y PSOE se repartieron los papeles para abstenerse o votar en contra de cada una de las propuestas formuladas y finalmente votar juntos el texto del artículo 68, que fue aprobado con sus 141 votos favorables; siete en contra, de los Senadores Vascos y los señores Xirinacs y Audet, y veintiuna abstenciones, de los grupos Entesa deis Catalans y PSI.

Seguidamente fueron aprobados por unanimidad los artículos 61 a 73, ambos inclusive, que regulan el estatuto,de los diputados; y los senadores, la capacidad de ambas cámaras para establecer sus reglamentos y los períodos de sesiones de las Cortes Generales

La sesión de la tarde llegó hasta la aprobación del artículo noventa.

lntervención de Osorio

El almirante Gamboa propuso en el artículo noventa que el Rey pudiese devolver a las Cortes proyectos de ley para su reconsideración por una vez. Alfonso Osorio, por su parte, defendió que el Rey pueda someter a referéndum cualquier ley que no hubiese promulgado en el plazo previsto. A título de ejemplo aludió a una posible ley sobre el aborto, aprobada por escasos votos de diferencia en las Cámaras, y que posiblemente el Rey considerara conveniente someterla a la consideración del pueblo.

Alberto Ballarín (UCD) le contestó que notaba reminiscencias del pasado monárquico, «y de otros pasados», en las palabras del señor Osorio. Recordó que precisamente por enfrentarse al Parlamento cayeron el rey Alfonso XIII y el presidente de la Segunda República, Alcalá Zamora.

Desde su escaño el señor Osorio contestó que no era una facultad excesiva la que proponía, y que el Senado, respetuosamente, debía hábersela concedido al Rey, ya que figuraba en la ley para la Reforma Política.

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