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Debate constitucional

Debate sobre la "cláusula de conciencia" y el "secreto profesional" de los periodistas

Una de las sorpresas de la jornada parlamentaria de ayer fue la inclusión, en el texto constitucional, de un precepto en virtud del cual «la ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y el secreto profesional en el ejercicio de estas liberta des» (la norma se vincula al derecho de libre información). Las enmiendas existentes sobre la cláusula de conciencia, en las que se aludía concretamente a periodistas e informadores, fueron reconducidas hacia una enmienda in voce presentada por el ucedista y periodista Luis Apostua, que daba un alcance más amplio al derecho, y que fue aceptada por la comisión. Resumimos el debate.Miguel Roca (Minoría Catalana). Queremos incorporar el derecho de periodistas e informadores a la cláusula de conciencia porque nos parece un paso muy necesario y porque la falta de amparo constitucional podría plantear muchos problemas en un futuro inmediato.

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Texto de los artículos aprobados
Acuerdo unánime sobre la regulación del derecho de reunión y manifestación

Virgillo Zapatero (Grupo Socialista). La ley regulará el derecho de los periodistas a la cláusula de concienca en los casos en que un cambio de línea ideológica entre en conflicto con su conciencia individual y profesional. Es insufiente el establecimiento de la libertad de prensa sin más, si se olvida que el periodista es la célula base del periodismo y que su situación es la de un asalariado. Ahora bien, no ejerce un trabajo mecánico, sino uno que interesa a toda la sociedad puesto que es en toda ella donde ejerce su influjo. Es necesario garantizar su libertad informativa respecto a la misma empresa para la que trabaja. Esta cláusula es la garantía legal de la independencia moral del periodista. En España, durante la vigencia de la ley de 1938, se dieron algunos intentos de reconocimiento de esta cláusula y paradójicamente, durante el mandato de Gabriel Arias Salgado, se redactaron seis anteproyectos sobre las bases de los derechos del informador en el que se recogía muy tímidarnente y sin nombrarla algo parecido. La cláusula de conciencia es un instrumento del periodismo libre y democrático, y sin periodistas libres e independientes no hay libertad de prensa.

Luis Apostua (UCD). Sugiero que se diga que la ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional. Estoy completamente de acuerdo con la idea expuesta por el señor Zapatero, aunque, desgraciadamente, soy menos optimista en cuanto a que sea la solución de todos los problemas de la prensa, que son muy complejos. Deseo que se suprima la alusión a «periodistas e informadores», porque esto supone imponer un límite restrictivo. En cuanto a la inclusión del reconocimiento al secreto profesional, creo que no hace falta ni explicarlo.

Pilar Brabo (Grupo Comunista). Nosotros propusimos una enmienda con el reconocimiento de la cláusula de conciencia y del secreto profesional y aceptamos ahora la redacción que propone UCD. Quiero argumentar a favor del secreto profesional porque para los periodistas es una obligación buscar la información de forma lícita y porque resulta imprescindible para ellos guardar el secreto sobre sus fuentes.

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