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Nacionalidades y regiones

Senador por Madrid

No participo de la alarma que en amplios sectores ha sembrado la importante crítica que Julián Marías hace al proyecto de Constitución, por emplearse en él la palabra « nacionalidades » para aludir a algunas regiones de España (véase EL PAÍS de 15-I-78). Mi amistad con el ilustre profesor, académico y senador, y la enorme admiración que le profeso, no obstan a que considere oportuno explicar por qué en esta ocasión sus argumentos no han ganado mi ánimo.

La palabra «nación», según el diccionario de la Española, tiene diferentes significados: puede aplicarse al «conjunto de los habitantes de un país regido por el mismo Gobierno» o al «conjunto de personas de un mismo origen étnico y que generalmente hablan un mismo idioma y tienen una tradición común».

En el campo internacional -por ejemplo, en la Organización de las Naciones Unidas-, la palabra «nación» se aplica exclusivamente a las naciones o Estados soberanos. En ese sentido, España, Francia, Suiza y el Reino Unido de la Gran Bretaña son naciones o Estados soberanos. También lo son Estados Unidos de América, pero no cada uno de los «estados» que integran esa unión de carácter federal. Tampoco son «naciones», en el sentido internacional de la palabra, Escocia, País de Gales, o Inglaterra, pero nadie niega la existencia de las nacionalidades escocesa, galesa e inglesa en el seno de la nación o Estado denominado Reino Unido de la Gran Bretaña. Otro tanto cabe decir de las nacionalidades alemana, italiana y francesa, integradas en la Confederación Helvética, que, como tal, es la nación o Estado que conocemos por Suiza.

La mayor parte de las fuerzas políticas representadas en nuestro Parlamento atribuyen a la palabra «nacionalidades » el significado limitado y correcto que refleja un documento elaborado en su día por la Comisión Negociadora de la Oposición Democrática (la famosa «Comisión de los nueve»), y suscrito el 3 de febrero de 1977 por las siguientes personas: Antón Canyellas (Democracia Cristiana), Santiago Carrillo (PCE), Felipe González (PSOE), Francisco Fernández Ordóñez (Socialdemocracia, integrada hoy en UCD), Julio Jáuregui (País Vasco), Valentín Paz Andrade (Galicia), Jordi Pujol (Cataluña), Enrique Tierno (PSP) y yo (Liberales).

He aquí el texto de ese documento, cuyas ideas han influido, sin duda, en la redacción del proyecto de Constitución:

«En la reunión celebrada el 21/1/77, la Comisión Negociadora inició el debate interno sobre el punto séptimo de las bases de negociación con el Gobierno.

Se ha constatado la existencia de amplios márgenes de coincidencia en el seno de la comisión, tanto respecto del tratamiento del problema en sí mismo, cuanto en relación con el método a seguir en la negociación con el Gobierno.

Una breve síntesis de lo debatido y de las aportaciones enviadas por escrito por algunos miembros de la comisión puede ser la siguiente:

1. La descentralización del Estado para adecuarlo a las exigencias que plantean el carácter plurinacional y plurirregional de España, es una necesidad urgente impuesta por el propio proceso democrático, a fin de que su curso llegue a cubrir los mínimos de credibilidad a que aspira esta negociación.

2. La Comisión Negociadora debe asumir este tema, teniendo en cuenta la realidad de todo el Estado, tanto la de las nacionalidades como de las regiones, ya que los intereses que trata de representar se proyectan sobre el proceso de cambio en su globalidad.

3. Las fuerzas representativas de las nacionalidades podrán y deberán realizar una negociación paralela y complementaria con el Gobierno, a fin de desarrollar con mayor amplitud y profundidad las exigencias que le son propias.

4. La Comisión Negociadora propiciará la realización de contactos y negociaciones con los poderes públicos de las fuerzas políticas y sociales democráticas de otros países y regiones del Estado que deseen abordar su propia problemática, por entender que su realidad así lo exige.

5. La Comisión Negociadora urgirá del Gobierno el restablecimiento de las instituciones emanadas del consensus popular en las nacionalidades catalana, gallega y vasca, o la creación inmediata de organismos que garanticen la recuperación o consecución de autonomías, en la confianza de que ello servirá para normalizar la convivencia ciudadana.

6. Asimismo, la Comisión Negociadora se esforzará por conseguir cauces de expresión representativos de los intereses y aspiraciones de otros países y regiones en los que la problemática autonómica se haya planteado por fuerzas políticas y sociales de carácter democrático.

7. Las nacionalidades presentes en la comisión han planteado en el seno de la misma sus exigencias en un doble plano:

a) El pleno restablecimiento de los estatutos de autonomía y la eficacia de las instituciones emanadas de los mismos.

b) Alternativamente, la inmediata creación, entre otros, de mecanismos institucionales tales como la Diputación General de Euskadi, la Xurita, de Galicia y la Generalitat de Cataluña, con tradición histórica y arraigo popular, como medios para garantizar el proceso de recuperación plena de las autonomías.

8. La Comisión Negociadora valorando la importancia del tema, que afecta a la estructura del futuro Estado democrático, ha decidido continuar los trabajos de discusión en los ámbitos que correspondan, sin perjuicio de plantear al Gobierno las exigencias mínimas que gozan de general consenso.

La justicia y la estabilidad democrática pasan por una solución adecuada al grave problema de la construcción de un Estado que asuma la pluralidad nacional y regional de España, que es una realidad histórica que las fuerzas democráticas se comprometen a mantener y defender. »

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