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El Congreso no puede obligar a nadie a comparecer ante una comisión

El Congreso de Diputados no tiene capacidad para obligar a personas ajenas al propio Parlamento a declarar ante el mismo, pero sí puede solicitar a un ministro que ordene a un funcionario de la Administración que comparezca ante la Cámara. En este caso es el ministro el responsable frente a los diputados, quienes, si el funcionario no acude, puede promover una moción de censura contra el titular del departamento al que pertenezca. Así explicó a EL PAÍS el letrado de las Cortes señor Rubio Llorente el alcance de la resolución aprobada el pasado jueves por la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso por la que se requería la presencia de doce personalidades a fin de que informen sobre el proceso de descolonización del Sahara.Según Rubio Llorente, el reglamento del Congreso de Diputados es de uso interno y su aplicación no puede extenderse a todos los españoles. Además el artículo 34, en el que se regulan esas comparecencias no estipula ninguna medida técnica ni coactiva, para obligar a un ciudadano español a comparecer ante la Cámara. Sin embargo, el letrado recalcó la responsabilidad moral del que no acepte informar al Parlamento y la presión política a que puede ser sometido.

Por otra parte, se señala en medios parlamentarios que tres de las personalidades llamadas a declarar ante la comisión son militares, los señores Blanco, Rodríguez de Viguri y Gómez de Salazar, y otros tres diplomáticos en activo, los señores Cortina Mauri, De Piniés y Martín Gamero, por lo que caen bajo la consideración de funcionarios y pueden ser requeridos respectivamente a través del Ministerio de Defensa y del Ministerio de Asuntos Exteriores. Antonio Carro, por su parte, es actualmente diputado por Alianza Popular. La situación más con prometida se podría plantear con los señores Arias Navarro, Solís Ruiz, Alvarez Miranda, Sobredo y Areilza.

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