Condiciones para el aislamiento térmico
Aunque antiguamente era creencia general que el calor consistía en un fluido invisible e imponderable llamado calórico (que se producía cuando se quemaba una sustancia), actualmente es suficientemente conocido y admitido que el calor no es más que una forma de la energía sometida, en su transformación, a los principios de la termodinámica. La unidad de medida recibe el nombre de kilocaloría o kilofrigoría y representa la cantidad de calor necesaria para variar en un grado centígrado la temperatura de un kilogramo de agua.Podemos definir un aislante térmico, como todo material que posea un bajo coeficiente de conductividad, para impedir o dificultar el paso de energía calorífica entre los ambientes separados por aquél. El mejor aislante térmico, es el aire; y gran parte de los aislantes están constituidos por conjuntos de celdas llenas de aire en su interior y dispuestas de forma que se elimine la transmisión de calor por convección y radiación. Los materiales aislantes han de tener, asimismo, una serie de propiedades, como no ser higroscópicos y sí lo más homogéneos posibles, en las que no entraremos, pero que conviene señalar. Curiosamente, los buenos aislantes térmicos suelen comportarse muy mal, desde el aspecto acústico, a excepción del problema de las vibraciones, en donde se encuentran muy buenos amortiguadores. La necesidad del aislamiento térmico suele originarse por la-necesidad creciente de confort o a consecuencia del ahorro energético. Un edificio se suele decir que es tanto más confortable cuanto menores son los cambios de temperatura en su interior y mayor es la ausencia de condensaciones (efecto de pared fría). Hay que tener en cuenta que los muros exteriores de un cerramiento se encuentran expuestos a condiciones desiguales de insolación, vientos, etcétera, que a su vez variarán a lo largo del día y del año, por lo que se hace necesario, para un buen aislamiento, poseer datos climáticos lo suficientemente seguros. Además, un adecuado aislamiento exige un sistema de calefacción que pueda ser regulado efizcamente. Es conveniente hacer notar que en nuestro país, a consecuencia de la diversidad de zonas climáticas, el aislamiento puede suponer un ahorro considerable, no sólo en calefacción, sino en aire acondicionado.
El decreto 1.940 (Boletín Oficial del Estado del 11-7-75), tiene por objeto evitar el despilfarro energético en el cálculo del acondicionamiento de los locales. Podemos establecer, de una forma bastante aproximada, que la pérdida de energía de un edificio es directamente proporcional, a:
1.° Las bajas temperaturas exteriores.
2. ° La radiación del conjunto de conducciones de agua caliente.
3.° El conjunto total en metros cuadrados de las superficies que separan el edificio de su entorno, teniendo en cuenta el volumen del mismo. Esto se tiene en cuenta mediante el llamado factor de forma.
4.° La transmisión del calor a través de las superficies exteriores.
El decreto, además de hacer hincapié en los distintos tipos de instalaciones (unitarias, individuales y colectivas), divide el país en una serie de zonas climáticas (véase figura uno) y exige que en todo nuevo proyecto se reduzca la transmisión de calor a través de las superficies de un edificio, tanto más, cuánto más fría sea la zona climática y cuanto mayor sea, asimismo, el factor de forma. El problema de este decreto-ley es que no regula ni especifica ningún criterio térmico para las viviendas ya construidas.
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