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El Tribunal de Garantias decidirá los conflictos entre el poder central y las nacionalidades

Los conflictos entre los poderes centrales y los de las nacionalidades del Estado serán dirimidos por el Tribunal de Garantías Constitucionales, según se desprende de uno de los artículos aprobados ayer por la ponencia constitucional del Congreso de Diputados. Informó sobre los trabajos desarrollados por la citada ponencia en jornada de mañana y tarde, José Pedro Pérez Llorca, de Unión de Centro Democrático (UCD).La sesión de la mañana estuvo dedicada a concluir la regulación de las Cortes y en primer lugar se estableció leí consecuencia negativa del rechazo de la moción de confianza planteada por el Gobierno: la dimisión del Gabinete. Asimismo la consecuencia de la aprobación de la moción de censura constructiva será el nombramiento del presidente del Gobierno, propuesto al formular la citada moción.

El proyecto de Constitución regulará también el, derecho de disolución de las dos Cámaras por decisión del Gobierno, derecho que no podrá ejercitar cuando esté en trámite una moción de censura. Otra limitación que se establece para este derecho es la de que sólo se podrá producir una disolución por años, salvo que no se produzca acuerdo en el Congreso para el nombramiento de jefe de Gobierno. La Constitución fija un plazo de celebración automática de las elecciones y de reunión de las Cortes en caso de disolución, «a fin de evitar la discrecionalidad de esta facultad», según puntualizó el señor Pérez Llorca, quien no desveló cuál será ese plazo.

La responsabilidad no política, sino penal, del presidente y los miembros del Gobierno por, actos cometidos en el ejercicio de sus funciones, será dirimida ante la sala de lo penal del Tribunal Supremo. En este punto existe una reserva formulada por Alianza Popular, a la que el portavoz de la ponencia atribuyó un mero carácter técnico. Al parecer, se trata de ampliar dicha responsabilidad penal.

Para el control por las Cortes del poder de hacer tratados, el proyecto de Constitución establece los siguientes principios: «Que el Gobierno comunique todos los convenios que concluye; que cuando se trate de materias de reserva de ley exista autorización previa de las Cortes, y que si se alteran en el tratado materias constitucionales, se realicen los mismos trámites que son necesarios para la revisión constitucional.»

Tres de los artículos aprobados ayer, aunque en este caso pendientes de redacción, fijan los criterios con arreglo a los cuales se dirimirán los conflicto y entre los poderes centrales y Ios autónomos, y aquellos en que se plantee duda sobre qué materias habrán de ser objeto de la potestad legislativa (que corresponde a las Cortes, o de la potestad reglamentaria (del Gobierno y de los entes autónomos). El órgano que dirimirá estas cuestiones será, en todo caso, el Tribunal de Garantías Constitucionales Para los conflictos de competencia de menor entidad se estará a lo que disponga una ley especial.

En la sesión de la tarde, se inició la regulación del título correspondiente a la estructura territorial del Estado o de las autonomías, sobre el que todavía no se ha establecido una denominación definitiva.

La próxima reunión de la ponencia constitucional dependerá del calendario de la sesión plenaria del Congreso que se inicia mañana y que proseguirá la semana siguiente.

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